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Ley de inversión extranjera: otra puerta entre Cuba y el mundo

Por Yailin Orta Rivera, especial para la Mesa Redonda

Fotos de Roberto Garaicoa

El régimen laboral aprobado no es ajeno a los cambios que se introducen para favorecer la inversión extranjera en Cuba, pero es importante significar que se mantienen los principios que garantizan preservar las conquistas de nuestros trabajadores ganadas con la Revolución, expresó en el Mesa Redonda de este jueves Zamira Marín, viceministra del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

La directiva añadió que en las empresas vinculadas a la inversión extranjera se cumple la legislación laboral vigente en Cuba en cuestiones relativas a la contratación, idoneidad demostrada, capacitación, seguridad y salud en el trabajo, seguridad social, disciplina y solución de conflictos, convenios colectivos y reglamento interno, entre otras.

El Reglamento establece que para prestar servicios en una empresa asociada a la inversión extranjera los cubanos y extranjeros residentes permanentes en el país, con excepción de los integrantes de sus órganos de dirección y administración, previamente deben establecer su relación de trabajo con una entidad empleadora, mediante un contrato de trabajo, concertado por escrito, entre la administración de dicha entidad y el trabajador. La autorización para que una empresa opere como entidad empleadora se emite por el Ministro de Trabajo y Seguridad Social a propuesta del Ministro de Comercio Exterior y la Inversión Extranjera”.

Precisó que en el país existen hoy 39 entidades empleadoras, que serán las garantes de preservar los derechos de los trabajadores y deben cumplir con el Código del Trabajo. Estas empresas se encargarán del suministro de la fuerza de trabajo idónea a las modalidades de inversión extranjera y de la selección y la contratación del personal cubano o extranjero residente permanente en nuestro país.

Su objeto será prestar un servicio a los inversionistas extranjeros, por ello el personal que labore en las entidades empleadoras requerirá también de la debida preparación a los efectos del proceso de negociación de los pagos por la fuerza de trabajo. Como parte del paquete normativo asociado a la Ley aprobada por el Parlamento el MTSS emitirá el Reglamento sobre el régimen laboral, que establece los procedimientos para la formalización de la relación de trabajo, la formación del salario que recibirá el trabajador, las funciones de la entidad empleadora y las relaciones entre esta y las modalidades de inversión extranjera.

En este espacio se ahondó en cómo se fija el salario, una forma que demuestra que la empleadora no tendrá fines recaudatorios sino de mero prestatario de un servicio, recibiendo como ingreso solamente los costos y gastos de su gestión. “El trabajador percibirá un salario en pesos cubanos adecuado a la complejidad y condiciones de trabajo, los pagos por rendimiento que se pacten. Se establecerá en el país un salario mínimo que es un concepto diferente a las escalas salariales que hoy se aplican y que no será el que se pague a estos trabajadores, sino uno que será siempre superior.

También se establece que se negociará de forma directa entre la agencia empleadora y la modalidad de inversión extranjera la contratación de la fuerza de trabajo. Hoy igualmente se evalúa racionalizar el número de entidades cubanas que actúan como empleadoras para hacer más eficiente este proceso, cuyos fines serán prestar un servicio de calidad a los inversionistas y que no que tengan un carácter recaudatorio.

La Viceministra comentó que los trabajadores se subordinan a las entidades empleadoras, por lo que funcionan como una empresa estatal más. Al tiempo que remalcó que como cualquier otra entidad esta requerirá del control requerido para evitar cualquier acto de corrupción o favoritismo en la selección del personal.

Armando Cuba, directivo del Ministerio de Comercio Exterior e Inversión Extranjera, explicó que la inversión extranjera responde precisamente a la necesidad de atraer capital del exterior. “Ni las empresas estatales ni los cubanos que aquí residimos contamos con los recursos suficientes para lograr el crecimiento de la economía que se requiere para poder alcanzar el nivel de desarrollo que necesitamos y poder distribuir entre todos los beneficios y el bienestar deseados. Por ello, esta ley se dirige a potenciales inversionistas extranjeros, para atraer al país financiamientos, tecnologías de avanzada, mercados para nuestros productos y generar nuevos ingresos… Se han diseñado políticas sectoriales para generar desarrollo agrícola, en las industrias, biotecnología, turismo, entre otros que son de significativa importancia para el crecimiento económico”.

Por su parte, la definición de inversionista nacional contempla a las personas jurídicas de nacionalidad cubana con domicilio en el territorio nacional. También las cooperativas, como forma de gestión no estatal que cuentan con personalidad jurídica, pueden ser inversionistas nacionales en un proyecto con capital extranjero.

Déborah Rivas, directora general de Inversión Extranjera, argumentó que fue estratégico aprobar esta ley, que demandará de una coherente proyección de una cartera de proyectos para atraer a la inversión extranjera. La Cartera de Oportunidades con Inversión Extranjera definirá los proyectos que se identifiquen con las prioridades y necesidades del país a promover con capital extranjero.

Subrayó que la nueva Ley de Inversión Extranjera, como la vigente en la actualidad y las que existen en muchos países, se dirige a atraer capital extranjero; la nuestra no distingue la fuente de los capitales que se aporten para invertir en Cuba. Es objeto de la nueva norma dirigir esos capitales al desarrollo del país en un grupo de sectores priorizadas para garantizar el crecimiento de la economía y la distribución de esos beneficios para toda la sociedad, lo que constituye el principal objetivo de nuestro modelo económico socialista.

Resaltó entre los beneficios que tendrán los inversionistas, contar con un entorno favorable de nivel educacional. Al tiempo que existe un clima favorable para el establecimiento del inversionista en Cuba por nuestra estabilidad política, las oportunidades de negocios que aporta nuestro mercado, las garantías reconocidas, entre otros.

Destacó que se protege, con todo lo establecido, nuestro patrimonio nacional, la independencia, y de nuestra soberanía. “Estamos haciendo un modelo económico para más socialismo. Lo que prima en todo nuestro marco regulatorio es proteger a nuestro país para que luego los ingresos puedan ser redistribuidos”.

Y ante las interrogantes de varios televidentes, insistió en que en la ley no se incluyen ni los medios de comunicación, ni las telecomunicaciones, ni el deporte. “La Constitución refiere que los medios son de propiedad estatal y social. En el caso de las telecomunicaciones se trata de la seguridad nacional, y nosotros no podemos arriesgarla, lo cual no quiere decir que no se evalúe un proyecto en cada caso, como también en el deporte”.

Marlié Simón, secretaria jurídica del Banco Central de Cuba,  enfatizó en que los salarios de estos trabajadores serán en CUP, que es la moneda en la que se operará únicamente después de que se concrete la unificación monetaria.

Alegó que se establece el procedimiento para que las personas obligadas a realizar aportaciones dinerarias para la suscripción y pago de acciones de sociedades mercantiles o civiles de servicios constituidas en el territorio nacional, y para la concertación de contratos de asociación económica internacional, soliciten a un banco la apertura de una cuenta de depósito a la vista destinada a recibir dichas aportaciones, ya sea en pesos cubanos o en moneda libremente convertible.

Este procedimiento asegura el cumplimiento de lo establecido en la Ley de la Inversión Extrajera en el artículo 18.3, en el cual se dispone que las aportaciones de capital extranjero se ingresen al país a través de un banco que opere en el territorio nacional, así como garantiza que se constituyan sociedades con el capital necesario para realizar las actividades comerciales autorizadas.

Al mismo tiempo estas normas aseguran y previenen que estas aportaciones de capital no provengan de actividades derivadas de delitos vinculados con el lavado de activos y otras conductas relacionadas de similar gravedad que puedan conllevar al movimiento de capitales ilícitos en el país.

Vladimir Requeiro, del Ministerio de Finanzas y Precios, manifestó que se aprobaron regímenes tributarios de incentivos, como que durante los primeros 8 años no se van a hacer aportes directos al presupuesto, lo cual no quiere decir que el Estado tenga pérdidas, porque ganará en capital, en una tecnología de avanzada, se van a generar empleos, y aún cuando no estén haciendo aportes directos la prestación de servicios enriquece a la economía.

En la Mesa Redonda directivos de los Ministerios de Comercio Exterior e Inversión Extranjera, Trabajo y Seguridad Social, Finanzas y Precios y del Banco Central de Cuba respondieron las opiniones y preguntas de la población sobre la Ley de Inversión Extrajera.

Déborah Rivas, directora general de Inversión Extranjera, argumentó que fue estratégico aprobar esta ley, que demandará de una coherente proyección de una cartera de proyectos para atraer a la inversión extranjera.

Armando Cuba, directivo del Ministerio de Comercio Exterior e Inversión Extranjera, explicó que la inversión extranjera responde precisamente a la necesidad de atraer capital del exterior.

Zamira Marín, viceministra del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, añadió que en las empresas vinculadas a la inversión extranjera se cumple la legislación laboral vigente en Cuba.

Marlié Simón, secretaria jurídica del Banco Central de Cuba, enfatizó en que los salarios de estos trabajadores serán en CUP, que es la moneda en la que se operará únicamente después de que se concrete la unificación monetaria.

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Etiquetas: CubaLey de Inversión ExtranjeraMesa Redonda

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