Por Yailin Orta Rivera, especial para la Mesa Redonda
Fotos de Roberto Garaicoa
Este jueves se le dio seguimiento, en la Mesa Redonda, a las nuevas disposiciones relacionadas con la política de la vivienda en Cuba, pero a partir de las interrogantes y comentarios de los seguidores de este espacio radiotelevisivo.
La máster Yusimí Campos Suárez explicó que los subsidios son el tema de mayor demanda y solicitud, pero que dependen del financiamiento en los territorios. “El Consejo de la Administración Municipal (CAM) convoca dos veces al año a la población para las solicitudes y el desenlace depende del financiamiento de la venta liberada de materiales de la construcción”.
En su intervención aseguró que no es permisible que los CAM no den respuestas en un plazo de 70 días a los solicitantes.
A partir de otra interrogante, alegó que en el caso de los convivientes del núcleo de una persona que fallece o sale del país y que tenía subsidio aprobado, el nuevo titular será el facultado para solicitar la continuidad del proceso, la cual será procesada ante las nuevas circunstancias.
Los nuevos solicitantes, dijo, de contar con los parámetros, tendrán los mismos derechos y obligaciones del beneficiario original y se mantendrá el monto inicial evaluado.
El director y moderador del espacio, Randy Alonso Falcón, comentó que hubo denuncias de poco control en la aprobación de las personas a quienes se les aprueban los subsidios, sin carecer de las necesidades más urgentes.
Campos Suárez explicó que en estos casos puede cancelarse si se verifica por el CAM que no se corresponde o no se realizan las acciones previstas por los implicados. “El CAM es el responsable de divulgar el proceso, y de garantizar su veracidad y transparencia”.
En estos casos se debe trabajar con efectividad, transparencia y poner el financiamiento en las vulnerabilidades: afectados por eventos meteorológicos u otros conceptos con la definición clara de insolvencia económica. Se debe hacer un análisis integral del sujeto de subsidio.
Randy Alonso hizo énfasis en la justicia que debe primar en el proceso, que debe ser menos subjetivo y darse prioridad al núcleo que en verdad lo merezca.
Oris Silvia Fernández, de la dirección del Ministerio de la Construcción, precisó que con relación al arrendamiento legal permanente, los interesados pueden solicitar financiamiento para mantenimientos o mejoras sin alta complejidad constructiva: arreglo de baños, redes, cocina…, lo que no implique una modificación considerable, y para ello se pueden aprobar hasta 10 mil pesos.
Pero, aclaró, que en el caso de una vivienda en una ciudadela o en un edificio multifamiliar, esta no se podrá ampliar o someterse a modificaciones importantes.
Oris Silvia Fernández respondió, ante una duda de un televidente, que el Reparto Siboney, en La Habana, no está entre las regiones con regulaciones especiales como Varadero, Guanabo, Habana Vieja y Mariel. No obstante, debe tenerse en cuenta la localización y solicitar los permisos debidos.
El MSc. Vladimir Regueiros, del Ministerio de Finanzas y Precios, se detuvo en la actualización de la política para el cálculo de los ingresos por los bienes de herencia y las utilidades, que responde a dos objetivos: que haya una disciplina fiscal y se tomen en consideración los valores reales en los cuales se están dando estos actos de transmisión.
Es una decisión, además, amparada en cálculos de evasión fiscal y subdeclaración que se han identificado en estos impuestos, por lo que se han establecido nuevos modelos de referencia. Por ejemplo, salta a la vista que desde el año 2011, de los 210 mil actos de este tipo que se habían realizado, 57 700 fueron declarados de compraventa, y los demás de donación, lo cual evidencia simulación en estos comportamientos. En consecuencia, ha actuado la ONAT en la regulación de la actuación de los infractores de la norma, pero lo que se busca es perfeccionar la disciplina voluntariamente.
Precisó que el valor referencial de la vivienda es un mecanismo de control que evalúa el comportamiento de las ventas por ubicación o características de la vivienda. “Las personas pactan libremente el valor y por este se pagan los dos impuestos, a partir del valor de referencia que se expondrá en la Gaceta Oficial. En estas tablas se tendrá en cuenta el tipo de casa y su ubicación. El principio será referencial, y se valorarán las características de la vivienda y coeficientes de ubicación, lo que establecerá el valor de transacción y la diferenciación de pago y coeficiente. Será este un indicador observable, por lo que se seguirá una constante adecuación de acuerdo con los valores referenciales”.
En el caso de las donaciones, puntualizó, siempre se pagan impuestos, igualmente de un 4 por ciento y, según la ley, en este cambio se recogen las personas de hasta cuarto grado de consanguinidad.
En el caso del impuesto a arrendatarios de medios básicos, según la Ley 113, será de persona jurídica a natural, a razón de un 4 por ciento del valor legal.
Oris Silvia Fernández sumó al análisis que las personas interesadas en concluir viviendas que el Estado no terminó tendrán que acogerse a las definiciones que se han tomado, y en caso de existir un beneficiario previo debe revisarse el interés de la persona de concluir el inmueble y si no, se oferta a prioridades como albergados, casos sociales, y otros con derecho a que se les otorgue la construcción y conclusión mediante esfuerzo propio. “La Dirección Municipal de la Vivienda es la que recepciona estas solicitudes, y tramita la aprobación”.
En el caso de los medios básicos, se detalló que del 5 de enero al 5 de julio se realizará un proceso de depuración para ordenar por las administraciones lo que se dará a cada persona, con el propósito de que nadie quede desamparado y no habrá limitante de tiempo para transferencia de propiedad. El director de cada entidad será el responsable del destino de sus medios básicos. Sugirieron a las personas que viven en estos inmuebles, acercarse a los jefes de las entidades para las solicitudes.
Oris Silvia reflexionó sobre el tema de los usufructuarios o arrendatarios permanentes que por violaciones o compraventas en otros tiempos no autorizados al efecto realizaron procedimientos de compra-venta y aún se mantienen pagando el inmueble, “para estas situaciones aún no hay una política definida, pero está en estudio y se dará respuesta”.
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