Por Luis Eduardo Domínguez y Oscar Figueredo Reinaldo, especial para la Mesa Redonda
Foto:Roberto Garaicoa
La aplicación a partir del mes de Octubre de una contribución especial a la seguridad social y un nuevo tipo de impuesto sobre los Ingresos Personales a los trabajadores de la Empresa Estatal Socialista ha genbrado múltiples inquietudes en nuestra población. En busca de algunas respuestas directivos del Ministerio de Finanzas y Precios y la Oficina Nacional Tributaria y representantes de la Central de Trabajadores de Cuba comparecieron en el espacio radio-televisivo de este martes.
Al inicio de la Mesa Redonda, la M. Sc. Meisi Bolaños Wiss, Viceministra del Ministerio de Finanzas y Precios, comentó que alrededor de 950 empresas cubanas que aplican el perfeccionamiento empresarial, los trabajadores aportan el 5% por concepto de la contribución especial a la seguridad social. Sin embargo, hay que extender dicha contribución dentro del sector empresarial, específicamente, de los trabajadores que están vinculados al sector empresarial, los cuales desde hace varios años, los trabajadores de las entidades que están en perfeccionamiento empresarial la vienen aportando.
“En el 2014 se le comenzó a aplicar también a los trabajadores vinculados al sector de la inversión extranjera y a los que pertenecen a la zona especial de desarrollo del Mariel. En el sector presupuestado, en la medida que se ha ido aplicando paulatinamente el incremento en las escalas salariales, también están aportando Educación, Salud Pública, el personal de los tribunales, la Fiscalía, contralores de la República, entre otros”, comentó en el espacio televisivo, Meisi Bolaños.
Según la Viceministra de Finanzas y Precios, también aportan aquellas personas que están afiliadas a los regímenes especiales de seguridad social ya que realizan una actividad económica. Los trabajadores por cuenta propia, los miembros de las cooperativas no agropecuarias, el sector cooperativo campesino, artistas, creadores, están protegidos por el Estados con su aporte. En total, suman unos 2 millones de cubanos que ya están pagando seguridad social.
“Esta es la contribución que aportan las personas naturales. Por esta contribución se recibirá un beneficio a corto y largo plazo. Ejemplo de esto son las licencias a las mujeres antes y después del embarazo. Además se protege al trabajador de la invalidez total o parcial, accidentes, incluye los pagos por certificado médico, y los principales gastos que concentra este sistema de seguridad social, son motivados por las jubilaciones y pensiones”, aseguró la directiva.
En el año 2016 se respaldan pensiones a más de 1 millón 600 mil jubilados para el disfrute de ese derecho, como retribución de haber tenido una vida laboral activa.
Este impuesto, comenta Bolaños Wiss, tiene que cumplir con los principios de generalidad y equidad de manera que puedan tributar ingresos al presupuesto para financiar los gastos necesarios del país, sobre todo los servicios básicos que se prestan a la población que tienen un costo importante.
“Lo fundamental de los impuestos por ingresos personales, es que van a nutrir a los presupuestos municipales, es decir, lo más cercano a la propia persona que lo está pagando. Y eso es importante, porque es ahí donde se tienen que hacer las reparaciones de nuestras escuelas, policlínicos, consultorios, reparación de las calles, el alumbrado público. Se reinvierte todo según la población de ese municipio, dentro del mismo”, concluyó.
Este impuesto, que en el país lo vienen aportando los sectores de la gestión no estatal, cuenta propia y los artistas y creadores, se aplicará a esos trabajadores que ganen a partir de 2 mil 500 pesos.
Al abordar este tema en el programa, Vladimir Regueiro Ale, director de ingresos del Ministerio de Finanzas y Precios recordó que este tipo de impuesto ya se venía aplicando en el sector de la Inversión Extranjera y para los trabajadores que operan bajo concesionarios y usuarios en la Zona Especial de Desarrollo del Mariel (ZEDM).
“Debemos recordar además que ya tenemos antecedentes de este modelo en aquellas entidades que aplican el sistema de perfeccionamiento empresarial”, puntualizó.
El director de ingresos del Ministerio de Finanzas y Precios explicó que a partir del crecimiento del salario medio y de un incremento de los fondos salariales en los últimos años se deciden aplicar estas medidas bajo el amparo de la Ley Tributaria a partir de los requisitos acorados.
“La propia Ley Tributaria dispone que cuando se verificarán las condiciones económicas y sociales en el país es que se podrían aplicar estos tributos. Así estuvo en la Ley 73 de 1994, ratificado posteriormente en la Ley 113. Esta resolución en el caso de la contribución especial de la seguridad social se extiende-señaló- pues como explicamos con anterioridad ya hay un grupo de trabajadores que lo aplican. Las nuevas normativas establecen que se exigirá que se haga una contribución especial a la Seguridad Social para las remuneraciones mensuales que superen los 500 CUP, siempre y cuando:
“Si no está alguno de estos preceptos en el concepto de remuneraciones que obtiene el trabajador no se aplica este tributo ya que es precisamente el pago por rendimiento o la distribución de las utilidades empresariales lo que conecta con ese ingreso extra de las remuneraciones porque su salario escala que le corresponde con la complejidad de su trabajo por sí mismo no está gravado”.
Vladimir Regueiro aclaró que los trabajadores que apliquen perfeccionamiento y que hoy tributan con ingresos inferiores a los 500 CUP no lo harán a partir del mes de octubre, y esto es una consideración especial que se tiene para los trabajos que están en estas condiciones.
Al referirse a los impuesto sobre el ingreso personal el funcionario puntualizó que en la actualidad se aprecia un incremento en los ingresos mensuales de los trabajadores pero se ha priorizado el cumplimiento de la contribución especial por tanto este sería el primer tributo que tendrían que pagar estos trabajadores realmente.
En el caso del impuesto sobre los ingresos personales está previsto una graduación en su aplicación. Para los niveles de ingreso entre los 2500 CUP hasta 5000 CUP se aplicará un tipo impositivo de hasta un 3 % y cuando la remuneración sea mayor de 5000 CUP será un 5 % de impuesto. Aquí se aprecia una gradualidad en la aplicación de estos tributos en correspondencia de la Ley Tributaria que expresa que los impuestos a la renta se logren una mayor tributación de aquellos que más ingresan. A una mayor capacidad económica una mayor capacidad contributiva y se configuran como contribución mensual”.
Al finalizar su intervención Reguereiro reitero que ambos tributos se pagan a través del sistema de retenciones, lo que elimina el paso de presentar declaraciones juradas por parte del trabajador al finalizar el año.
Para aclarar cómo se pagan estos ingresos vea los ejemplos al final de la nota.
Por su parte Belkis Pino Hernández, vicejefa de la ONAT señaló que para facilitar la comprensión en la aplicación de ambos tributos y garantizar su aporte correcto y puntual al presupuesto del estado, el MFP y la ONAT de conjunto con representantes de la CTC, los sindicatos Nacionales y el MTSS han impartido seminarios y orientaciones encaminadas a garantizar la preparación de los directivos de las empresas y sus trabajadores.
“Desde enero se orientó el inicio del proceso de organización para garantizar que las empresas crearan las condiciones técnicas y organizativas, gestionaran la actualización de los sistemas automatizados y aseguraran la preparación de sus trabajadores, para lograr la aplicación correcta de estos dos tributos”.
Como resultado de estos seminarios y de las dudas que surgieron en los mismos, la Oficina Tributaria ha confeccionado un instructivo en forma de plegable donde aparecen las aclaraciones vinculadas a este tema. A este documento se puede acceder a través del Sitio WEB de la ONAT www.onat.gob.cu, mediante el correo consultas y en el Servicio de información televisiva implementado en todos los municipios de la capital. También en las redes sociales, en Facebook existe información sobre estos tributos. Además en nuestras oficinas pueden acceder a este documento y recibir asistencia activa sobre el tema.
Por su parte, el Lic. Abel A. Rivero Ochoa, Jefe del Departamento de Empleo y Salario de la CTC Nacional, dijo que en este momento hay 25 entidades que superan los 2 mil 500 pesos de salario mensual. Estamos hablando del 1,3 % del sector laboral del país. Estamos conscientes que no son medidas populares pero en cuanto a derecho también hay que darle a los trabajadores la oportunidad de ejercer el tributo no solamente en cuanto a la seguridad a corto y largo plazo, sino a la redistribución de los ingresos de la cual todos somos beneficiarios.
El anuncio la pasada semana del inicio del pago a partir de octubre de los trabajadores estatales de las empresas cubanas de una contribución especial a la seguridad social y un nuevo tipo de ingreso para este tipo de ingreso para este tipo de trabajadores ha generado numerosas opiniones de nuestra población y es por ello que nuestra Mesa Redonda aborda hoy este importante y novedoso tema.
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