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Nuevas normas para las formas de gestión no estatal: Apuntes claves que debe conocer (+ Video)

Foto: Archivo.

Por: Oscar Figueredo Reinaldo, Yunier Javier Sifonte Díaz, Arleen Rodríguez Derivet, Lisandra Fariñas Acosta y Claudia Fonseca Sosa

Joaquín Alonso Vázquez, ministro de Economía y Planificación, al iniciar su intervención en la Mesa Redonda, recordó que en el modelo económico y social cubano, aprobado en el 8.º Congreso del Partido, se concibe a los nuevos actores de la economía dentro del entramado empresarial. “Es imposible, por tanto, que el gobierno y el Estado realicen una cruzada en contra de los propios documentos programáticos de la Revolución. En septiembre de 2021 se dieron a conocer los primeros documentos para regular la actividad, y se decidió que, al cabo de dos años, se revisarían esta legislación”.

Detalló que este proceso de revisión comienza en marzo de 2023, a partir de la creación de un grupo multidisciplinario compuesto por varios organismos, la academia, los sindicatos, así como actores, empresas y territorios. “Posteriormente, en diciembre de 2023, el Primer Ministro presentó en la Asamblea Nacional un conjunto de ‘proyecciones’ para corregir distorsiones y reimpulsar la economía”.

En este sentido, dijo que una de las proyecciones es avanzar en el desarrollo del sistema empresarial cubano integrando a todos los actores. Se han apreciado, agregó, un conjunto de distorsiones, entre las que destacan las distorsiones en la gestión empresarial y la tendencia a buscar y obtener resultados por diferentes vías que los separan de su actividad principal para la cual fueron diseñados en el sistema.

Además, no se ha logrado la efectiva inserción de los actores no estatales de la economía, ni el necesario encadenamiento que debe existir entre la empresa estatal y el sector no estatal.

También comentó que el monopolio estatal del comercio se ha desplazado, en gran medida, por la dinámica importadora y comercial de las formas de gestión no estatal, las cuales desarrollan sus actividades, muchas veces, fuera del control del Estado y no siempre en el marco de la legalidad. Además, los gobiernos no siempre han ejercido su autoridad y autonomía para gestionar el desarrollo de la vida económica y social de los territorios.

Alonso Vázquez dijo que las normas que se implementan permitirán corregir vacíos legales de las normativas anteriores y evitar violaciones de lo establecido. “No es una cruzada contra las formas de gestión no estatal, no es prohibir, sino llevar al marco de la legalidad, corregir, reorientar y conducir para que cada actor económico juegue el papel que le corresponde en el desarrollo territorial del país”.

El ministro informó en la Mesa Redonda que, al cierre de este periodo, se han aprobado 11,355 mipymes, de las cuales 11,046 son privadas, 238 son estatales y 71 son cooperativas no agropecuarias. “De todas esas mipymes privadas, no todas están funcionando. Hay cerca de mil que aún no han terminado la documentación legal, otras han cerrado y algunas aún no han comenzado operaciones”.

Añadió que hay presencia de mipymes y cooperativas no agropecuarias en 126 municipios. “Todas las provincias, excepto la capital y el Municipio Especial de la Isla de la Juventud, tienen menos de 50 aprobadas. La mayoría de los municipios de La Habana tienen entre 100 y 200 mipymes, mientras que Playa y Plaza de la Revolución tienen más de 600”.

Más adelante, Joaquín Alonso Vázquez dijo que las nuevas normas no implementan más restricciones. En este sentido, ejemplificó que el Decreto 107, que rige las actividades no autorizadas, lo que hizo fue reducir las actividades que no estaban autorizadas y ajustar el alcance de otras.

Sobre por qué no existe una mayor cantidad de mipymes estatales, el ministro dijo que entre las causas podrían estar el tamaño del entramado empresarial cubano, que puede hacerlo menos eficiente. También hay contradicciones entre los recursos y los resultados que genera una Unidad Empresarial de Base, que por su propia estructura podría ser una mipyme estatal y tendría una mejor gestión para su desarrollo. Además, hay problemas en el control y la gestión del equipo de dirección, que debería dar un mayor impulso a este tema. “¿Quién crea la mipyme? El dueño, quien también elabora el plan de negocio, y esto es algo que deberían promover las empresas estatales”.

En su intervención, el ministro reconoció que parte de las desviaciones presentes en estos actores son consecuencia de los vacíos legales existentes en la legislación anterior y del propio contexto en el cual se desarrolla la economía.

¿Qué se modifica?

Al referirse a las principales modificaciones, enunció que se descentraliza la aprobación de las micro, pequeñas y medianas empresas, así como de las cooperativas no agropecuarias hacia los municipios. “El municipio es el que tiene un conocimiento más profundo de los intereses de su población y debe alinear el desarrollo de sus fuerzas productivas y de servicios a la estrategia de desarrollo local. Se mantiene el actual esquema de solicitar la aprobación por la plataforma de actores económicos, pero la aprobación será descentralizada”. El propio territorio aprobará la apertura de locales para esos negocios, agregó.

Entre otras novedades, se definieron nuevos parámetros para la definición del objeto social. “Cuando uno observa a los actores económicos, muchos de ellos se dedican a lo que definieron como objeto secundario. El más lucrativo es el comercio, y muchos apuestan a este. Por ejemplo, hay mipymes que se crearon para ser peluquerías, con una cafetería, y al final se dedican más a lo segundo que a lo primero”.

Entre los cambios, destacó el ministro, que estos objetos sociales serán aprobados por los Consejos de la Administración Municipal. Por su parte, se introduce que, para ser socio o administrador, no se puede haber sido sancionado con delitos incompatibles con esa actividad ni estar cumpliendo una sanción impuesta por el tribunal competente.

También se fijan regulaciones para los nombres de los negocios. “Estos deben ser diferentes a otros existentes, no deben inducir a errores del consumidor y tampoco se podrán emplear nombres de héroes y mártires de la patria”.

Uno de los elementos más llamativos es que se perfeccionan los mecanismos para la disolución de las mipymes y las cooperativas no agropecuarias. “Para disolverse, hay que comunicarlo de manera oficial y publicitarlo. Para ejecutar este proceso, el actor económico no debe tener deudas con la ONAT, el banco u otros actores de la economía. Para ello, debe presentar un certificado con esta información”.

Las normas ratifican los deberes en cuanto a derechos laborales, tributos y el cumplimiento de las licencias y permisos necesarios para poder ejercer esa actividad. “Asimismo, debe contar con cuentas bancarias fiscales”.

Según refirió Alonso Vázquez, se establece la obligatoriedad de la domicialiación de las nóminas de los trabajadores contratados. Es decir, el pago de los trabajadores contratados realizarlo a través de cuentas bancarias de los trabajadores; de forma tal que los trabajadores tengan el derecho, con esos ingresos, a acceder a créditos, beneficiarse de los descuentos por el uso de los medios de pago electrónicos.

A la vez, es un mecanismo de supervisión y control para conocer en todo momento cuántos trabajadores tiene cada actor económico. Todos esos controles se ha legislado que se haga de esa forma para que, sin nuevos costos, establecer los monitoreos y supervisiones a este sector, agregó el ministro de Economía y Planificación.

Dijo que se jerarquiza la atención a este sector con la creación del Instituto de Actores Económicos no estatales; subordinado al Consejo de Ministros, al mismo nivel de cualquier organismo de la administración central del estado.

“No solo para ejercer control, sino para ver las necesidades que tiene ese sector no estatal y encaminarlo por si hay que rectificar o evaluar algunas normas”, sostuvo.

Asimismo, apuntó, se regula la licitación. “Uno de los problemas entre el sector estatal y el no estatal es sobre los contratos de arrendamiento sobre determinados activos. Y se decidió, y salió una norma del Ministerio de Economía y Planificación, el proceso de licitación, la transparencia que requiere ese proceso cuando un actor requiere arrendar a una entidad estatal un local, un vehículo, un equipo. Eso tiene un proceso, es público, con determinados protocolos, cuando se abren las ofertas. Y es de obligatorio cumplimiento por la empresa estatal”, señaló Alonso Vázquez.

“Ese fue un tema sobre el que se habló en la Asamblea, un diputado que habló sobre el tema. Era algo que ya veníamos estudiando. En el 2025 estaba previsto ese decreto ley de la licitación. Pero era una de las distorsiones, y lo que decidimos fue, en el camino lo iremos mejorando como parte del proceso legislativo, pero ahora tenemos que hacerlo, y se emitió la resolución”, dijo.

Según el ministro, “el proceso de construcción del socialismo nos ha demostrado que estamos en constante perfeccionamiento. Y cuando hay un error lo que tenemos es que rectificar para seguir avanzando. Nadie vendrá de otro lugar a decirnos cómo hacerlo. Nosotros somos los que tenemos que seguir construyendo nuestra Revolución y nuestro socialismo, nuestro desarrollo, entre todos.

“Tenemos muy buenas experiencias. Por ejemplo, en un encadenamiento entre una Mypime y un productor de arroz. La fábrica Pinocho se echó a andar con un encadenamiento entre formas de gestión no estatal y la empresa estatal.

“Experiencias buenas lo que no se pueden es malograr, porque también hay experiencias que han empezado bien y después por la decisión de alguien se echan a perder. Lo que tenemos es que perfeccionarlas, no retroceder. Las buenas experiencias lo que tenemos es que seguir evaluándolas, y buscando cualquier falla que tengan para corregirlas y que siga avanzando. Esa es la voluntad del gobierno”, afirmó.

“En ninguno de los eventos en los que participamos en ningún momento se habla en contra del sector privado, porque lo que tenemos que decir es que la cruzada es contra la indisciplina, la ilegalidad, la chapucería, cualquier manifestación de corrupción y ahí no nos puede temblar la mano en rectificar y hacer lo que la legislación tiene previsto para esos casos”, insistió el ministro.

Novedades sobre el trabajo por cuenta propia

Al intervenir en el espacio televisivo, Marta Elena Feitó Cabrera, ministra de Trabajo y Seguridad Social, precisó que el trabajo por cuenta propia es una opción válida de empleo. Informó que actualmente más de 590 000 personas lo ejercen. Es interés del país mantener ese nivel de empleo a través de esa forma de gestión, dijo.

“Si tuviera que resumir las transformaciones en tres ideas fundamentales diría que están encaminadas a determinar y definir cuál es el alcance, cuál es la dimensión que debe tener el trabajo por cuenta propia; en segundo lugar, promover el ejercicio responsable de las actividades tanto por los titulares como por los trabajadores que contratan; y promover todo lo que tiene que ver con el cumplimiento de los principios que rigen el derecho de trabajo en Cuba”, explicó Feitó Cabrera.

Señaló que ello tributa a las proyecciones del gobierno, en particular la eliminación de las vías de corrupción, ilegalidades, indisciplinas sociales; y también a un programa que conduce el Ministerio del Trabajo denominado Trabajo Digno, “porque estamos promoviendo la calidad del empleo, estamos en la lucha contra la informalidad del empleo”.

“Hay algo importante que es la nueva conceptualización del trabajo por cuenta propia. En la norma actual los trabajadores por cuenta propia pueden ser o no propietarios de los medios de trabajo. Eso afecta o va en detrimento de los trabajadores que contratan, que no son dueños de esos medios, solo aportan su fuerza de trabajo, sin embargo, desde el punto de vista tributario tienen la misma carga impositiva.

“Eso naturalmente no debía ser así, y es uno de los elementos que resuelve estas normas nuevas. Los trabajadores por cuenta propia van a ser los que son propietarios de esos medios. Ese es el TCP. Y como es un empleo, tiene que ejercer cotidianamente esa actividad. Se ratifican dos excepciones que vienen de las normas anteriores, de los arrendatarios que no tienen por qué ejercer cotidianamente la actividad, y los arrendadores de equipos de transportación”, explicó la ministra.

En ese sentido apuntó que el que tiene patrimonio propio es trabajador por cuenta propia. Los demás van a ser los trabajadores contratados, los asalariados. Eso les alivia la carga tributaria a los trabajadores contratados, señaló.

Agregó que también hay una acotación, en correspondencia con la nueva ley migratoria, que pueden ejercer los cubanos que tienen residencia efectiva en el país.

“Hay modificaciones en el tema de la autorización, pensando en la informatización de la sociedad. Hoy para el TCP las solicitudes tienen que ser en la oficina donde reside la persona. Cuando esté integrado ese trámite, usted desde su móvil en cualquier lugar del país puede hacer la solicitud. Eso no significa que usted está en Camagüey y le autoricen un trabajo por cuenta propia para trabajar en Matanzas, simplemente que tiene la posibilidad de adelantar el trámite de esa manera. Además, se mantienen las mismas oficinas que actualmente están”, dijo.

También hay una acotación sobre las actividades secundarias, que no pueden ir en detrimento de la actividad principal, y tiene que demostrar que puede ejercer todas esas actividades que está previendo hacer.

“El hecho de que usted inicie el trámite no significa que esté autorizado a ejercer; tiene que esperar que cierre el proceso.

“Aunque no constituye un cambio, reiteramos la responsabilidad que adquieren las personas de toda la información que están aportando, como el origen de los fondos, la licitud de las materias primas, el lugar donde va a ejercer, los trabajadores que va a contratar, porque firma una declaración de que todos esos datos son reales, veraces. Eso es muy importante”, enfatizó Feitó Cabrera.

La ministra también reiteró que esa autorización es personal e intransferible y que no se puede actuar en representación de un tercero. “Usted no puede actuar como testaferro. Porque también ha pasado que, en determinadas circunstancias ya más críticas, que han derivado inclusive en procesos penales, cuando se entrevista al TCP resulta que él ha estado figurando, pero no es el dueño real del negocio.

“Hay una flexibilidad relacionada con el arrendamiento de viviendas cuando el local donde se va arrendar el propietario es el cónyuge de ese TCP, o los familiares hasta el 2do grado de afinidad. Eso es importante porque es un reclamo que tenía la población con ese tema.

“Los TCP no pueden asociarse con contratos económicos con otro TCP para ejercer la actividad. Usted tiene su autorización y sus trabajadores. Si alguno quiere tener más de 3 trabajadores y aumentar su negocio tiene que convertirse en otra forma de gestión, convertirse en Mypime o Cooperativa, precisó.

Señaló que también hay una cuestión que se ha autorizado: se puede ser un TCP, y se puede ser socio de una cooperativa o Mypime, pero en actividades diferentes.

“Hay cuatro permisos nuevos que se adicionan, que consideramos muy necesarios. Certificaciones para ejercer, cuidadores de ancianos y personas en situación de discapacidad, y cuidadores de niños. Usted debe tener una certificación de que usted está apto, de que tiene los conocimientos necesarios para poder ejercer. A los actuales TCP vamos a darles un tiempo, organizar el proceso, para que ellos se certifiquen con ese curso.

“Lo hicimos porque cuando usted no está capacitado para cuidar una persona con discapacidad usted puede incluso disminuir el validismo de esa persona, puede lesionarse usted mismo. Y en el caso de los niños hay que cuidarlos con las normas y los procedimientos; por ejemplo, hay niños que permanecen delante de un televisor durante mucho tiempo”, explicó la ministra.

En su intervención se refirió además a dos cuestiones sobre la actividad veterinaria, tanto para la crianza de animales como lo que tiene que ver con la asistencia veterinaria, “que también son dos permisos específicos que se crean porque hay temas como los desechos, el medio ambiente.

“Hay una ampliación de los términos para el otorgamiento de las autorizaciones. En las normas anteriores se trató de reducir al mínimo el tiempo, de acortar los plazos, pero no ha sido posible cumplir esos términos y eso ha traído muchas quejas también. Hay comprobaciones, permisos, y no ha sido posible y por eso ese incremento de los plazos.

“Se anunciaba el tema de la acotación de hasta 3 personas contratadas incluidos los familiares. Eso sí es una diferencia con respecto a lo que había anteriormente. Sin embargo, usted de manera puntual ante determinadas circunstancias se permite la ayuda de un familiar como establecen las normas; por ejemplo, se le enfermó el trabajador contratado, a lo mejor viene la madre o el hijo y hace el trabajo sin necesidad de contratarlo, porque es una cuestión eventual, puntual, algo que no es habitual. Y también usted puede contratar un familiar; si ese familiar está jubilado o tiene otro trabajo ese familiar ya está protegido por la seguridad social. Esa legalización de la contratación es muy importante”, insistió Feitó Cabrera.

Marta Elena Feitó Cabrera, ministra de Trabajo y Seguridad Social, explicó que los trabajadores contratados, que ya no van a ser TCP sino asalariados de un titular, se rigen por el régimen general de seguridad social, es decir, por las mismas normas que cualquier trabajador del Estado y por tanto goza de los mismos beneficios en cuanto a vacaciones, licencias de maternidad y otros.
Recalcó que el principal responsable de cumplir con las obligaciones de la seguridad social y del contrato establecido con el trabajador es el empleador. Pero también el trabajador tiene que exigir sus derechos, dijo.

Para hablar de calidad del empleo hay que empezar por el contrato de trabajo, por tanto, es imprescindible formalizar la relación laboral con los tres trabajadores que puede contrtar el titular, comentó.

Asimismo, Feitó Cabrera argumentó que debe establecerse un contrato por escrito -no verbal- sin excepciones, porque ante determinados conflictos de carácter laboral, que se dirimen en tribunales, siempre será necesario que el trabajador esté respaldado por un contrato.

Explicó la ministra que el trabajador tiene que conocer qué tipo de contrato tiene, si es por un tiempo determinado o indeterminado, que duración tiene ese contrato, qué cargo va a ocupar, qué salario va a recibir y con que periodicidad, cuál es el régimen de trabajo y de descanso, las condiciones de seguridad y salud en el trabajo que tienen que garantizarle los empleadores. Además el contrato laboral debe estar siempre debidamente firmado.

Enfatizó en que estas son alertas a los titulares de los negocios y también son llamados de atención a los trabajadores para que estos exijan sus derechos, los cuales están refrendados en la ley.

Igualmente, dijo que cada trabajador tiene derecho a disfrutar de vacaciones pagadas y que la nómina salarial debe ser fiel a la realidad de los salarios pagados, porque son elementos auditables.

“Si usted es empleador debe actuar con la responsabilidad que lleva un empleador”, subrayó la ministra, al referirse a las obligaciones de abonar las prestaciones monetarias que establece la seguridad social.

Desde el MTSS insistimos en velar siempre por la calidad del empleo a partir del cumplimiento de las obligaciones de los empleadores refrendadas en normas de rango superior como es el Código de Trabajo, cometó Feitó Cabrera.

La titular del ramo agregó que también es de estricto cumplimiento para todas las formas de gestión de la economía el Decreto 96 sobre la tolerancia cero a todas las manifestaciones de discriminación, violencia y acoso contra la mujer en el ámbito laboral.

Subrayó que la actividad económica hay que desarrollarla sin incurrir en manifestaciones de lavado de activos, financiamiento al terrorismo, según establecen las leyes internacionales. “El TCP tiene que saber cuál es el origen de sus fondos y también cuál es el destino de esas ganancias”.

Sobre las disposiciones transitorias, Feitó Cabrera precisó que los titulares tienen un plazo de seis meses para ordenar la situación de sus trabajadores contratados, para ponerlos en la nómina y habilitarles todos los documentos, para empezar a hacer los aportes correspondientes, porque en el momento de entrada en vigor de estas normas “de oficio se van a dar baja a los trabajadores contratados como TCP”.

En el caso de los creadores y artistas se les dará un plazo mayor, de 180 días, porque el Ministerio de Cultura tiene que hacer también un análisis y un grupo de adecuaciones hacia lo interno de su sistema.

Los trabajadores del sector agropecuario y forestal también se van a mantener en su condición de contratados hasta tanto se ponga en vigor un decreto ley nuevo, mucho más abarcador y con impacto favorable para ese sector priorizado.

Al concluir su intervención, acotó la ministra que se decidió que cuando un TCP tenga un nivel de facturación anual superior a las cifras que se van a establecer próximamente, este tendrá que reconvertirse en una cooperativa o en una mipyme.

Se sigue apostando por el trabajo por cuenta propia pero con orden y disciplina, dijo.

Al intervenvir en el programa televisivo, el ministro de Finanzas y Precios, Vladimir Regueiro Ale, se refirió al Decreto Ley 93 que modifica la ley vigente del sistema tributario, la Ley 113, que este 2024 está en su año 12 de implementación. Esta experiencia ha pasado por una actualización gradual en la medida en que se han producido transformaciones en la economía, fundamentalmente con la participación, creación y adecuación de los alcances de los actores económicos estatales y no estatales.

En esta ocasión además del Decreto Ley 93 se implementarán tres resoluciones del Ministerio de Finanzas y Precios, una vinculada a la reglamentación para el cumplimiento de las obligaciones tributarias, de precios, financieras, contables de los TCP; otra específica para adecuar las reglas contables de los TCP, y una tercera, sobre algunas precisiones para una figura que sería el pescador comercial, que ha tenido una política específica de fomento y para el que se ha entendido necesario que se establezca una distinción en cuanto al impuesto sobre las ventas y el impuesto sobre los ingresos personales.

El ministro sintetizó estas adecuaciones como “un proceso de continuidad, en esa gradualidad de la aplicación de los impuestos, donde nos vamos acercando y vamos perfeccionando también los principios de la imposición o de la tributación”.

“Estos son los principios de generalidad, de equidad, y de capacidad económica para la aplicación de estos tributos, que son la fuente fundamental para acercar recursos al Estado y poder cumplir sus funciones sociales”, dijo.

De acuerdo con el ministro de Finanzas y Precios, “al cierre del mes de julio podemos hablar de una participación en un 15% del total de los ingresos que se han captado que han sido generados por las formas de gestión no estatales, que incluye TCP, cooperativas no agropecuarias, mipymes, y las formas productivas no estatales del sector agropecuario, los artistas”.

Afirmó que el sector no estatal ha tenido un dinamismo en los aportes al presupuesto del Estado, aun cuando se percibe un nivel de subdeclaración e incumplimientos.

“El nivel de aportaciones al presupuesto ratifican la validez que tienen estos actores como elementos que dinamizan la economía nacional, en prestaciones de bienes, servicios, producciones y también como generadores de recursos financieros fundamentalmente para los presupuestos locales”.

Entre los cambios fundamentales de las nuevas normas mencionó la suspensión o eliminación de exenciones en el pago de impuestos que estaban establecidas en el caso de los TCP a aquellos que se iniciaban en este sector por un periodo de tres meses.

También se suspende el beneficio para los titulares o socios de las mipymes por los dividendos que obtienen de su participación en la inversión que han realizado.

“Estas suspensiones responden a una proyección de levantamiento de los beneficios fiscales para actores económicos no estatales y también para los sectores estatales”, dijo.

Regueiro Ale explicó que se ha extendido el periodo para la declaración jurada de los socios y se ratifica la posibilidad de acogerse al beneficio del ‘pronto pago’ cuando la realizan antes del 28 de febrero.

Otra adecuación se refiere a la calificación o el régimen en que están los trabajadores asalariados que son empleados en el trabajo por cuenta propia, que ya dejan de ser TCP y pasan a ser precisamente asalariados, que es la adecuación en el pago de los tributos. “Aquí se eliminan todo el costo de cumplimiento que tenían estos trabajadores”.

Explicó el ministro que ahora todas esas obligaciones corresponden al empleador, que tiene que retener la contribución especial a la seguridad social con la cual se financian parte de las prestaciones incrementadas ahora.

“El empleador tiene responsabilidad en el cumplimiento de esas obligaciones de su empleado para con la administración tributaria, de la seguridad social y de los impuestos sobre los ingresos personales”.

Se incorpora igualmente la gradualidad en los impuestos sobre los ingresos personales para ese personal del sector no estatal.

Regueiro Ale agregó que se suprime en la ley todas las referencias al ya suspendido régimen simplificado de tributación que se reconoció en un momento para actividades menos complejas del trabajo por cuenta propia.

Por otra parte, se incorporó una adecuación a las reglas del registro contable de las operaciones de los TCP.

“Primero se ratifica la necesidad de tener un control de todas las operaciones de ingresos y de gastos, pero es necesaria una distinción para aquellas actividades que son menos complejas y que generan menos ingresos”, dijo y argumentó que estos últimos tendrían que llenar un formulario de la ONAT y quedarían liberados de otras declaraciones más detalladas como la exposición de los estados financieros que sí deben realizar los TCP con ingresos brutos anuales superiores a los 500 000 pesos.

Otra de las adecuaciones está vinculada con las actividades del pescador comercial. “Cuando el destino de sus capturas va a actividades de la industria, que tienen un procesamiento, se logran rendimientos mayores, se pueden cumplir compromisos con la alimentación de la población, se les reduce el impuesto sobre las ventas a un 5%. Mientras que, si la comercialización de esas capturas se realiza de forma liberada, el impuesto es del 10%”.

Regueiro Ale agregó que los establecimientos cerrados por incumplir las regulaciones representan un por ciento muy bajo respecto al total. “Hemos trabajado de manera conjunta para analizar el trabajo de cada uno de los negocios inspeccionados, porque solo así podemos tener una visión general de los fenómenos”.

En lo relacionado con la conformación de precios, el ministro destacó que ciertamente la ley establece la capacidad de conformarlos por los propios negocios, pero recordó que cuando existen intereses locales, los Gobiernos pueden participar en estos procesos y llegar a acuerdos.

“El objetivo de cada una de nuestras acciones es que se mantenga la prestación de servicios y la producción de bienes, pero de manera ordenada y con aportes a la economía nacional”, dijo.

“En materia de control fiscal estamos siendo más rigurosos, porque el incremento de los ingresos al presupuesto es clave para avanzar en la estabilidad macroeconómica del país”, agregó.

Asimismo, el ministro de Finanzas y Precios, explicó que las nuevas regulaciones elevan el papel rector del municipio. “Uno de los objetivos es lograr una mayor implicación de los gobiernos locales en la gestión de sus propios ingresos. El hecho de que los actores económicos aporten al presupuesto local ha dejado buenas experiencias”, finalizó.

Preparación y estudio para asumir las nuevas disposiciones

En la Mesa Redonda, el ministro de Economía y Planificación Joaquín Alonso Vázquez, explicó que desde que se aprobaron y emitieron las normas en la Gaceta Oficial, las cuales entran en vigor el 18 de septiembre del presente año, han existido intercambios de capacitación con todos los implicados.

Por primera vez estas normas incorporan la responsabilidad social de los actores económicos, lo cual implica el desarrollo de la comunidad, los derechos de los trabajadores, la protección del medio ambiente y el vínculo con proyectos comunitarios o iniciativas surgidas en los propios negocios.

“La ampliación de las contravenciones se dirigen hacia el incumplimiento de la legalidad, porque hay más exigencia. Por ejemplo, las nuevas formas han aportado mucho, pero la cantidad de lo dejado de declarar supera el número de esos ingresos a los presupuestos del Estado”, agregó.

“No hay ninguna cruzada contra ninguna forma de gestión, ni estatal ni privada. La cruzada es contra los ilegales, porque la ilegalidad es ajena al Socialismo”, aseveró.

El ministro explicó que es una responsabilidad tanto de las instituciones estatales, los Gobiernos y los propios establecimientos, la aclaración de dudas, la formación del personal y el trabajo constante para explicar el alcance de cada una de las normas aprobadas. Asimismo, valoró como muy positivos los criterios de la población y los propios actores económicos sobre las normas.

Sobre la creación del nuevo Instituto de Actores Económicos, explicó que su función es representar tanto al Estado como a los actores económicos. En tal sentido, sirve de relación entre ambas estructuras para mantener intercambios cercanos, así como la información y la interconexión con los Organismos de la Administración Central del Estado.

Respecto a los mecanismos de control, Alonso Vázquez explicó que no existe ningún diseño creado para acosar a ningún actor económico.

Finalmente, los presentes en la Mesa Redonda llamaron a la población a exigir sus derechos. Como ejemplo, apuntaron la ocurrencia de violaciones respecto a los pagos en línea a través de los códigos QR. Sobre el tema, destacaron que quien no permita al pueblo emplear estos canales incurre en una violación de la legalidad y puede ser denunciado.

En video, la Mesa Redonda

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