El anteproyecto de Constitución de la República no es el resultado de un mes de labor de una comisión. Desde 2013 se ha estado trabajando en su realización y se han tomado en cuenta experiencias anteriores de nuestro país, así como Cartas Magnas de otros Estados latinoamericanos, asiáticos, europeos y africanos, expresó Homero Acosta, secretario del Consejo de Estado e integrante de la Comisión que elaboró el texto que se presentó a los diputados.
También, argumentó, fueron tomados como base y de manera especial acuerdos emanados del VI y VII Congreso del Partido Comunista de Cuba y la I Conferencia Nacional.
«No estamos ante una reforma parcial, sino total de nuestra Constitución, basada en la facultad que tiene la Asamblea Nacional, pues cada diputado, al ser electo es también un constituyente.
«Luego será presentada a nuestro pueblo, lo cual no tiene antecedente en ningún país. Las opiniones que emanen de esa consulta popular serán traídas de nuevo al Parlamento. Es un ejercicio de democracia. Un ejemplo de lo que Cuba presenta ante el mundo, y lo decimos con toda modestia, y nuestro pueblo tiene que saber lo que significa ese texto para la continuidad de la Revolución y de nuestro socialismo», puntualizó.
Al comenzar la presentación del texto, el Secretario del Consejo de Estado destacó que hay principios pétreos, como son la definición del carácter socialista de nuestro sistema, así como el papel del Partido Comunista de Cuba. Igualmente precisó que hay elementos que tienen un sentido progresivo a futuro, pues el Estado reconoce esos derechos y trabaja para que sean viables; así como significó que hay planteamientos constitutivos que llevarán luego un proceso legislativo, pues deben estar acompañados de normas que viabilicen y regulen su puesta en práctica.
Precisó que el documento final tiene que ser aprobado en una votación nominal, es decir, cada diputado debe pararse ante el plenario y decir a viva voz si está de acuerdo o no con la nueva Constitución. Además, es necesaria una mayoría de las dos terceras partes para ser aprobado.
«Estas transformaciones de nuestra Constitución tienen una visión de futuro, para cuando no esté la generación histórica que hizo la Revolución. Es un legado de ellos, y de manera especial están las ideas de Fidel y Raúl», resaltó.
Homero Acosta en su presentación destacó que en el nuevo texto se preservan los principios humanistas de nuestro socialismo, lo cual se expresa de muchas formas: cuando se le otorga a la Constitución facultades para amparar a los ciudadanos frente a la violación de sus derechos, como norma de mayor jerarquía dentro del sistema jurídico del país.
«Hay cambios en el modelo económico, que los hemos aprobado con anterioridad y que son resultado de un proceso de consulta anterior con la población; de manera especial aparece en el texto la defensa del medio ambiente y el imperativo de mitigar el impacto del cambio climático.
«No creo, destacó, que haya ninguna Constitución que tenga pronunciamientos tan firmes como los de Cuba en la arena internacional, significó más adelante.
Con respecto al lenguaje del texto aclaró que una Constitución tiene determinados principios y se deben respetar esos códigos, «porque la Constitución es una norma de contenidos mínimos, esenciales, no se puede variar frecuentemente, exige una estabilidad, por ello requiere de seguridad en su contenido. Hay que buscar su aplicabilidad.
«Otra característica que tiene esta Constitución que proponemos, es la amplia gama de derechos ciudadanos que se incorporan —económicos, y sociales e individuales— de lo cual podemos sentirnos orgullosos, por los principios de democracia que refleja.
«En otro tema que se hace énfasis es en la necesidad de que la estructura estatal sea más funcional, con mayor equilibrio en las diferentes instancias, así como distingue y potencia la autonomía de los municipios, como elemento descentralizador, lo cual da un realce en la relación directa de esos representantes con su pueblo».
Acosta destacó como concepto trascendente e innovador, incorporar el término de Estado Socialista de Derecho, el cual se toma del pensamiento liberal burgués del siglo XIX. «El capitalismo quiere tener el uso exclusivo de ese término, y nosotros lo hemos reevaluado para incorporarlo. En la experiencia socialista europea nunca se definió este concepto y por no cumplirse hubo determinadas consecuencias, fue uno de los factores que minó a esos Estados en su momento.
«Además, se mantiene el papel del Partido Comunista y se incorpora su carácter democrático en relación directa con nuestro pueblo; y se habla del concepto de prosperidad individual y colectiva, que no es un término abstracto si pretendemos un socialismo próspero. Esto implica también multiplicar los logros de la Revolución», enfatizó.
Homero Acosta refirió que la mayoría de las Constituciones no hacen referencia a la política exterior de los países, la cual está mayormente definida por los vaivenes internacionales. Sin embargo, Cuba la integra lo cual es una innovación.
«El texto condena todo tipo de terrorismo, la proliferación y uso de armas nucleares, así como resalta la defensa de los derechos humanos desde nuestra visión, así como se reitera la protección del medio ambiente y la lucha contra el cambio climático. Habrá luego que establecer, a través de leyes, cómo se van a recepcionar los tratados internacionales, tiene que haber una expresión de voluntad posterior que asegure lo prescrito en esos convenios.
«Además, ratifica el apoyo de nuestro país a la integración latinoamericana y caribeña, que es el respeto a un sueño de nuestros próceres. Hoy puede ser un momento difícil, pero si se avanza y se quiere crear un ente supranacional, lo contempla.
Al aludir a la referencia en la Constitución a los temas económicos, recordó que se basa en la Conceptualización del modelo, así como precisó que se ratifica que el Estado es quien ejerce el control de la economía en todas sus formas.
«No se puede desconocer el papel del Estado, pero se añaden otros tipos de propiedad, como la mixta, que no necesariamente tiene que ser con capital foráneo y que puede incluir varias entidades.
«Otro concepto que se añade es el reconocimiento a la propiedad privada, los marcos en que se va a desarrollar tienen que ver con la legislación. Y no estamos hablando solo de trabajo por cuenta propia, sino de contratación de mano de obra, lo cual es una realidad y hay que regularla.
«Sin embargo, resaltó, pensamos que no hay que extenderse sobre este tema en la Constitución, en la anterior hay una relatoría casuística de los bienes y pensamos que no es necesario, sino solo referir aquellos que son de dominio público, como el suelo, las minas, las vías de comunicación, porque hay otros que pueden ser gestionados de manera diferente, como una empresa mixta.
«La empresa estatal es el sujeto principal de la economía, así lo conceptualizamos. Es el primordial generador de la riqueza del país. Tiene que ganar en autonomía, ser más eficiente, con más capacidad, porque hay cosas que la lastran, es cierto, pero ese es el concepto.
«También se aborda el papel del Estado en la regulación de los procesos económicos. En el mundo neoliberal el mercado es quien los domina, nosotros planteamos la regulación por parte del Estado.
«Además, incorporamos la figura de que los bienes del Estado pueden ser gestionados por vías no estatales, como ocurre con el arrendamientos de locales y también puede ser una empresa mixta», precisó
De manera especial argumentó acerca de la concentración de la riqueza, pues fue un tema que durante los días de análisis en comisiones de la Asamblea Nacional resultó particularmente debatido, y los diputados expresaron preocupaciones.
Al respecto explicó que el problema tiene que ver con cómo se incorpora a un texto constitucional, porque no se puede proscribir la riqueza, lo cual se vincula con la prosperidad individual y colectiva. «La concentración se limita por vía de la propiedad, pero por ejemplo un deportista o un artista nuestro, con un contrato en el exterior puede tener altos ingresos, o un campesino motivado por su labor. Eso no podemos limitarlo, ese crecimiento económico se puede invertir incluso a favor de la sociedad y repartirse entre muchos. La Constitución no puede llegar hasta ahí, aunque es justo que exista la inquietud. Será necesario elaborar normas jurídicas que lo regulen».
También se refirió a algunas preocupaciones acerca de que la inversión extranjera implique una discriminación para los cubanos, y argumentó que, «esta no es una práctica solo nuestra, sino que está presente en varios países socialistas. Cuba la necesita para su desarrollo, es necesaria en algunos sectores que requieren modernizar la tecnología y en muchos casos no tenemos dominio del mercado. Lo que hay es que hacerlo bien, con control, pero en nuestro caso es imprescindible para el desarrollo.
«Si los ingresos son legítimos no hay motivo para poner límites y no puede verse como una medida discriminatoria. La Constitución no establece un límite, solo si afecta la soberanía nacional y el uso racional de los recursos naturales», destacó.
De igual forma refirió que la Carta Magna que se propone establece la expropiación forzosa en beneficio social, por ejemplo si hay que pasar una carretera por la tierra de un campesino, claro que eso lleva una retribución y un respaldo en el orden jurídico.
Entre otros aspectos relevantes de la Constitución propuesta, Homero Acosta significó que se destaca el valor del trabajo, el cual debe ser fuente principal de ingresos, como sustento de nuestra sociedad.
También la propiedad privada sobre la tierra, que tiene un régimen especial de herencia, aunque el Estado puede realizar un acto de compraventa si necesita ese espacio para el desarrollo del país.
Hizo referencia a que la Constitución vigente no acepta la doble ciudadanía. «Se podrá tener otra ciudadanía, pero cuando la persona está en el territorio nacional es cubano, está sujeto a las obligaciones de un habitante del país, aunque respetamos esa otra ciudadanía fuera de frontera», precisó.
«Igualmente reconoce nuestros fundamentos políticos, los símbolos patrios, las organizaciones y las libertades religiosas a partir de que se ratifica que Cuba es un Estado laico», argumentó.
Recalcó que en la Constitución que se propone se han concentrado un grupo de derechos que estaban dispersos en la actual. Para ello, dijo, se estudiaron tratados internacionales en materia de derechos humanos.
Entre ellos mencionó el derecho de igualdad, el cual tiene que ver con la no discriminación por un grupo de características: género, orientación sexual, discapacidad y cualquier otro aspecto que sea lesivo a la dignidad humana. Además, argumentó, quien discrimine puede ser objeto de punición.
«El Estado tiene que ir educando a nuestro pueblo en los principios de igualdad y de apoyo a los más desfavorecidos, adultos mayores, personas con discapacidad. Es un principio de justicia social y humanismo de nuestro sistema. Y está el reforzamiento de los derechos particulares, que tienen que ver con el debido proceso, lo cual refuerza la garantía de nuestros ciudadanos.
«El habeas corpus, el derecho a la información, así como la reinserción social de los exreclusos, entre otros, se elevaron al rango constitucional, lo cual es un gran logro.
Hay otros derechos también refrendados de manera fundamental como son la dignidad, el honor, la libre disposición de la propiedad y profesar una religión —incluso cambiar de creencia— algo que no está permitido en algunos países.
«También hay derechos que tienen un carácter progresivo, es decir que en este momento no es posible satisfacerlos pero el Estado trabaja para lograrlo, como son por ejemplo, el acceso al agua y a una vivienda digna para todos.
«Se destacan también los derechos individuales, como son los de reunión, manifestación y asociación. Tienen que tener fines lícitos, es decir estar amparados por la ley, así como fines pacíficos y de respeto al orden público», puntualizó.
Con respecto a la Salud Pública y a la Educación destacó que siguen siendo universales y gratuitas. Sin embargo, dijo que hay servicios que no son imprescindibles para la salud, como son los de carácter estético, que a futuro la ley deberá legislar si se pagan; igualmente sucede con los estudios de posgrado o el aprendizaje de un idioma, si la persona los realiza por un deseo personal, el Estado no tiene por qué asumir los gastos.
«Como Cuba es un Estado laico no prima ninguna religión y tampoco hay un vínculo de alguna de ellas con el sistema nacional de enseñanza, y se precisa en el texto la responsabilidad del Estado, la sociedad y la familia con el sistema educativo.
Con respecto al matrimonio, añadió, el texto se aparta del concepto anterior que señalaba como un acto entre una mujer y un hombre. «Ahora dice entre dos personas, lo cual implicará a futuro un proceso legislativo».
«Destaca también el derecho a un empleo digno y el principio de igual trabajo-igual valor. Se mantiene el concepto de distribución socialista: De cada cual según su capacidad, a cada cual según su trabajo.
«Pocas veces las Constituciones refieren los derechos de los ciudadanos, por eso hemos incorporado los que se aceptan en todos los Estados, como son la seguridad colectiva, el bienestar general, el orden público y el ordenamiento jurídico del país».
En un espíritu que se parece y sirve al país, la Constitución que trae en su contenido cambios sustanciales regula principios de la política educacional, cultural y científica.
Es ese un sello que distingue al texto constitucional de la Isla, como dijo este sábado el Secretario del Consejo de Estado, al presentar el Anteproyecto de Constitución de la República de Cuba.
La singularidad obedece a que tales principios, según argumentó, constituyen pilares del sistema socialista cubano. Ello explica que el referido capítulo incluya los valores éticos, cívicos, revolucionarios de las nuevas generaciones, o puntos acerca de la conservación del patrimonio artístico e histórico de la nación.
En lo concerniente a la estructura del Estado, Homero enunció que la Constitución propuesta trae cambios sustanciales aunque se mantienen principios que tienen que ver con el papel de la Asamblea Nacional del Poder Popular como órgano con las mayores atribuciones, con facultad única, constituyente, a partir del cual se eligen los cargos fundamentales del Estado (los cuales deben rendir cuenta a esa máxima instancia).
Sobre el Consejo de Estado, dicha estructura se mantiene en la Carta Magna que vendrá como el órgano permanente de la Asamblea Nacional del Poder Popular, con la particularidad de que el Presidente, Vicepresidente y Secretario de la misma lo son también del Consejo de Estado, con lo cual se busca mayor continuidad y vinculación entre ambos.
En esta nueva etapa nacen las figuras del Presidente y del Vicepresidente de la República. Sobre el primero, este es elegido por la Asamblea Nacional del Poder Popular de entre sus diputados por un período de cinco años y puede ejercer su responsabilidad hasta por dos mandatos consecutivos, luego de cuyo tiempo no podrá desempeñarse nuevamente en ese cargo.
Por su parte, el Consejo de Ministros mantiene su condición de órgano ejecutivo y administrativo, en calidad de Gobierno de la República y dirigido por un Primer Ministro.
La trascendencia de la Asamblea Nacional radica, como reflexionó Homero Acosta, en que sus diputados son elegidos directamente por el pueblo. Las atribuciones de la Asamblea, resaltó, son únicas, no se repiten en otra institución del Estado. Solo ese órgano puede realizar la interpretación de las normas constitucionales: es lo que se denomina una interpretación originaria.
Los cargos fundamentales del Estado son elegidos por la Asamblea. En ella son electos, además del Presidente y Vicepresidente de la República de Cuba, los integrantes del Consejo Electoral Nacional, el Primer Ministro, y los gobernadores provinciales.
En cuanto al Consejo de Estado, se le suman nuevas atribuciones: los proyectos de leyes que se sometan a consideración de la Asamblea Nacional, serán previamente discutidos en su órgano permanente —o sea, en el Consejo de Estado—, donde además podrán cambiarse o sustituirse cargos sin esperar para ello a que se reúna la Asamblea, y desde cuya instancia podrá coordinarse el trabajo de las comisiones parlamentarias entre uno y otro período de sesiones de trabajo parlamentario.
Según el espíritu de la Constitución que se propone, para ser electo Presidente de la República habrá de tenerse como mínimo 35 años de edad; deberá ostentarse la condición de cubano por nacimiento (y no otra ciudadanía); y a la altura de asumir el primer mandato no se deberá tener más de 60 años. En cuanto al Vicepresidente, no se contemplan límites de edad para asumir el cargo.
Otros temas formaron parte de la intervención del Secretario del Consejo de Estado, entre ellos la composición del Consejo de Ministros, sobre la cual se propone en la Constitución que incluya al Primer Ministro, a los viceprimeros ministros, a los ministros, al secretario, así como a otros miembros que determine la ley.
El Primer Ministro, que deberá de ser diputado, será propuesto por el Presidente de la República al Parlamento, donde, para ser electo, requerirá del 50 por ciento más uno de los votos del total de integrantes de la Asamblea Nacional del Poder Popular. Quien ostente tal responsabilidad, que es dirigir al Gobierno, estará en el deber de informar sobre su gestión ante el Presidente de la República y ante el Parlamento.
Dicho Primer Ministro —según lo explicado por Homero Acosta— tendrá potestades, en circunstancias apremiantes, de asumir determinadas decisiones. En caso de que sea necesaria la sustitución de algún miembro del Consejo de Ministros, ese paso deberá solicitarse al Consejo de Estado.
En lo alusivo a las leyes, en la Constitución que se propone se mantienen los mismos actores legitimados para la iniciativa legislativa. A tenor con lo ya publicado en nuestros medios de comunicación, la principal novedad alusiva a los tribunales consiste en la posibilidad de integrarse de manera colegiada o no en los actos de impartir justicia, y la no participación obligatoria en todos los casos de jueces legos. Se busca el reforzamiento de la independencia funcional de esos tribunales.
«En relación con los órganos estatales de rango constitucional —puede leerse en la página web de nuestro periódico— se propone incorporar con ese carácter a la Contraloría General de la República e instituir al Consejo Electoral Nacional para atender lo relativo a los procesos electorales en el país.
«En los órganos locales del Poder Popular es significativa la propuesta de eliminar las asambleas provinciales y su órgano de administración y establecer, en su lugar, un Gobierno provincial, integrado por un Gobernador y un Consejo a ese nivel, conformado por los presidentes de las asambleas municipales del Poder Popular y los intendentes (dirigen el Consejo de Administración Municipal).
«A nivel municipal se plantea extender el mandato de los delegados a cinco años y reconocerle al municipio autonomía en cuanto a su gestión, con la finalidad de buscar una atención más rápida y eficiente a los problemas y reclamos de la localidad».
De tema fundamental calificó Homero Acosta la autonomía del municipio, porque ese espacio es la unidad primaria de la nación. Al respecto aclaró que hacer alusión a la autonomía de ese territorio no implica de modo automático la adquisición de recursos y el despegue inmediato en el bienestar, pues hay localidades más desarrolladas que otras, y planes en el escenario general de la economía de la Isla.
Acerca de la modificación sustancial consistente en la eliminación de las asambleas provinciales del Poder Popular y en lugar de ellas crear un Gobierno provincial dirigido por un gobernador y un consejo provincial, Homero Acosta, quien ha integrado la comisión de la cual nació el Anteproyecto de Constitución, comentó: «hemos analizado nuestra experiencia de estos años de Poder Popular; y si queremos fortalecer la autonomía municipal, nos parecía que lo más correcto era crear un gobierno que dirija, ejecutiva y administrativamente, esa provincia, y que coordine la actividad entre el Estado y los municipios.
«Allí se van a decidir, añadió, cuestiones que atañen al pueblo, porque la provincia no es un ente abstracto: está conformada por municipios. Nos parece que es una cuestión de carácter práctico. Es una estructura más funcional, en la que las actividades fundamentales de la provincia son de naturaleza práctica».
Sobre la Contraloría General de la República, el Secretario del Consejo de Estado destacó que la misma tendrá control superior sobre gestiones administrativas, y velará por la transparente administración de los fondos públicos. Esta institución, que se subordinará al Presidente de la República, rendirá cuenta a la Asamblea Nacional del Poder Popular.
Tal como ya ha publicado nuestra prensa y abordó el Secretario del Consejo de Estado, «especial interés revisten las garantías a los derechos de petición y participación local, entre las que se mencionan la posibilidad de convocar consultas populares de asuntos de interés de la localidad, el derecho de la población a proponer análisis de temas en las asambleas y la correcta atención a las solicitudes, planteamientos, quejas y denuncias de los ciudadanos».
Otros tópicos formaron parte de la intervención del Secretario del Consejo de Estado. Así, fueron abordados aspectos concernientes a la Defensa y Seguridad Nacional, en relación con los cuales queda definido en la propuesta de Constitución que la concepción estratégica de nuestra defensa se sustenta en la doctrina de la Guerra de Todo el Pueblo. Se precisa, además, que el Consejo de Defensa Nacional es el órgano superior del Estado que dirige al país en situaciones excepcionales y de desastre.
«La Constitución es muy importante —dijo Homero Acosta hacia el final de su intervención—; es una norma muy trascendente, pero ella por sí sola sería letra muerta si no la desarrollamos».
La primera ley que habría que discutir y aprobar en este Parlamento, añadió, sería la ley electoral. Cuando se proclame la Constitución, la futura ley electoral se traería aquí a la Asamblea, porque ahí se establecería cómo sería la elección de los cargos fundamentales, en qué proporción sería para los cargos de diputados, para los cargos del Estado.
Aquí surge, prosiguió Homero, una nueva Constitución socialista, revolucionaria, bajo los mismos principios y los mismos pilares pero con importantes cambios: «Todo cambio constitucional, y más una nueva Constitución, implica una transformación en el sistema jurídico de un país. Por tanto, es una tarea bastante compleja, la cual conlleva actualizar las normas jurídicas vigentes, e incorporar nuevas normas al sistema jurídico del país».
(Con información de Juventud Rebelde)
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