Sobre los porqués de la Reforma Constitucional se ha escrito desde el inicio del proceso, y entre los motivos de mayor envergadura siempre ha resaltado la necesidad de atemperar la Ley de Leyes al escenario cubano contemporáneo.
Y para lograr un reflejo de esa realidad en el texto constitucional es preciso, entre otros asuntos, reconocer allí las transformaciones derivadas de la implementación de los Lineamientos e incorporar en su articulado las proyecciones estratégicas de la Conceptualización del Modelo Económico.
No en vano el proyecto de Constitución, cuya consulta popular inició este lunes y se extenderá hasta el 15 de noviembre, es expresión coherente entre actualizar y reformar, o sea, está lleno de vasos comunicantes con los documentos programáticos aprobados, en los cuales se delinea también una sociedad más justa, soberana, socialista, democrática, próspera y sostenible.
Que los fundamentos económicos estén en un título independiente dentro de la propuesta de Carta Magna que desde hace días circula por el país, demuestra lo que en ese orden se pretende jerarquizar, en correspondencia con la actualización emprendida desde el 2010.
Del texto constitucional vigente perduran principios básicos: en nuestra sociedad el sistema económico se sustenta en la propiedad socialista de todo el pueblo sobre los medios fundamentales de producción, así como en la dirección planificada de la economía.
Entre lo distintivo, sin embargo, a tono con lo suscrito en la Conceptualización y los Lineamientos, está el reconocimiento de las diversas formas de propiedad que pueden coexistir. Y dentro de todas estas, el Estado va a estimular, de acuerdo con el proyecto de Constitución, aquellas de carácter más social.
Asimismo, se dispone constitucionalmente, al igual que en los documentos programáticos, «que no exista concentración de la propiedad en personas naturales o jurídicas no estatales, a fin de preservar los límites compatibles con los valores socialistas de equidad y justicia social».
El Título de los Fundamentos Económicos también considera el mercado, en los marcos de la planificación económica; explicita los bienes fundamentales que conforman la propiedad socialista, así como su carácter inalienable; prescribe que «el Estado dirige, regula y controla la actividad económica nacional»; mantiene la posibilidad de expropiación forzosa, «aunque atendiendo, únicamente, a razones de utilidad pública o interés social»; y reitera el principio de que el Estado no responde de las obligaciones contraídas por las empresas, ni estas por los compromisos de aquel.
Pero concordar, indefectiblemente, con lo dispuesto en los documentos programáticos del 7mo. Congreso del Partido, y con las disposiciones que los implementan, significa validar, desde una altura constitucional, la visión de sociedad próspera que nos hemos propuesto.
(Con información de Granma)
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