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Más dos millones de hectáreas de tierras entregadas en Cuba

A una década de la promulgación del Decreto Ley 259, que autorizaba la entrega de tierras estatales ociosas en usufructo, se han entregado dos millones 102 mil 454 hectáreas (ha), y aún quedan disponibles para personas naturales cerca de 470 mil.

Según Eddy Soca Baldaquín, director de Suelos y Control de la Tierra del Ministerio de la Agricultura (Minag), desde 2008 hasta la fecha se han efectuado 289 mil 474 solicitudes, de las cuales se han aprobado 244 mil 851 (241 mil 604 a particulares y tres mil 247 a personas jurídicas).

Subrayó que este proceso no se detiene y actualmente existe un promedio de seis mil casos en trámite.

La implementación de normas jurídicas ha permitido un crecimiento anual de la producción de viandas y hortalizas en un 5,3 por ciento; de maíz, frutales y arroz cáscara húmedo en un seis por ciento; de frijol en un ocho por ciento; y de leche vacuna en 2,9 por ciento, destacó.

En una década la masa y la carne vacunas han tenido un aumento total de 833 mil cabezas y 25 mil toneladas, respectivamente, dijo Soca Baldaquín.

Orlando Díaz Rodríguez, director jurídico del Minag, explicó en conferencia de prensa que la promulgación del Decreto Ley 259 fue una de las medidas más revolucionarias adoptada por la dirección del país para el desarrollo de la producción agropecuaria y forestal.

El funcionario sentenció que para asegurar la continuidad y sostenibilidad en la explotación de las tierras, estimular la incorporación, permanencia y estabilidad de la fuerza laboral del sector y el asentamiento familiar definitivo, cuatro años después entró en vigor el Decreto Ley 300 y su Reglamento, efectivo hasta la fecha.

La Gaceta Oficial Extraordinaria número 39, publicada hoy, recoge el Decreto Ley 358/18 del Minag, el cual establece modificaciones para la entrega de tierras estatales ociosas en usufructo, transformaciones que otorgarán más garantías a personas naturales y jurídicas.

Estas nuevas disposiciones permiten otorgar superficies ociosas de la ganadería comercial para las producciones de cría y ceba, así como a los particulares que reciban tierras, o que ya las recibieron, vincularse a las empresas agropecuarias, azucareras o forestales.

En aras de lograr una estabilidad en el trabajo la nueva normativa, que entrará en vigor dentro de 60 días, extiende la vigencia del contrato para las personas naturales de 10 a 20 años, prorrogables sucesivamente por igual término, y para las jurídicas por tiempo indefinido, siempre que se cumplan las obligaciones pactadas.

El área máxima a entregar a personas naturales que solicitan tierra por primera vez para las producciones agropecuarias y forestales crece de 13,42 a 26,84 ha, y se fija esta última cifra como límite mínimo en el caso de las solicitudes para ganadería mayor y cultivos en polos productivos, pudiendo incrementarse hasta 67,10 ha.

(Con información de CubaSí)

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Etiquetas: AgriculturaDesarrolloGaceta OficialMinisterio de AgriculturaTierraUsufructotítulos de tierra

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