Hoy en la Mesa Redonda “Los retos de la Educación Superior Cubana”
Directivos del Ministerio de Educación Superior (MES) encabezados por su Ministro Miguel Díaz-Canel Bermúdez, responderán inquietudes de la población y analizarán los retos actuales de la Universidad Cubana, en la Mesa Redonda que hoy, a partir las 6:00 p.m. transmitirá Cubavisión, Cubavisión Internacional, Radio Rebelde y Radio Habana Cuba. El Canal Educativo retransmitirá esta Mesa Redonda al cierre.
Buenas tardes a los integrantes de Mesa Redonda Informativa, mi pregunta es la siguiente:
Si mi hija entra a estudiar Enfermería, existe la posibilidad de que en 3 año pueda pasar a Medicina, ¿existe esa opción? he oído algo sobre esto, pero queremos saber si es real, ya que ella su promedio de decimo y oncenogardo es de 88 y ya para la entrevista de las opciones este curso llego Medicina a partir del promedio de 90 puntos.
Éxitos a la Educación cubana.
Saludos Mercy
Hola-¿es esta (mesaredonda@icrt.tvc.cu) la dirección a donde se pueden enviar las preguntas? ¿O se ponen en forma de comentario? Gracias.
Puedes ponerlo aqui como comentario o escribir a: mesaredonda@enet.cu
Muchas gracias
OK, muchas gracias por tan rápida respuesta.
Los profesores del Centro Universitario “Raúl Gómez García”, del municipio Güines, provincia Mayabeque, tenemos duda en cuanto a:
La cantidad de horas clases normadas para cada profesor.
La cantidad de programas a impartir, de forma tal que no se afecte la calidad del proceso de enseñanza – aprendizaje.
Si existe una nueva resolución que norma lo relacionado con la carga docente de los profesores
Gracias Lety, escribí al correo de mesa redonda.
saludos
Yo quisiera que en la mesa redonda el tema acerca de que yo estando en 3 año de una carrera universidaria y por problemas de enfermedad , perdi un año si puedo reincorporarme al otro año es decir al 3 año , soy graduado universitario y esta seria mi segunda carrera , existe alguna resolusion que me lo impida , no soy nuevo ingreso sino continuante en la universidad , hace dos años que no me permiten reincorporarme porque segun dice el secretario generla existe una resolucion que no permiten hacer eso gracias por todo y espero que puedan ayudarme
Buenas Tardes y agradecemos de antemano la posibilidad de poder intercambiar directamente con los funcionarios del MES.
Somos jóvenes incorporados a los Programas de la Revolución y estudiantes de la UCLV de la Facultad de Derecho donde hemos sido afectados por la Resolución 231-2011 del MES que establece el “Régimen organizativo para los estudiantes matriculados en carreras adscritas al Ministerio de Educación Superior en el tipo de curso denominado Continuidad de Estudios para los Programas de la Revolución y que ingresaron a este nivel de enseñanza antes del curso 2010-2011.” Donde se establecen varias indicaciones entre ellas la restricción de las posibilidades de matrícula de cada asignatura estableciendo como límite hasta 3 veces, pero lo que realmente nos preocupa es la aplicación de esta resolución de su resuelvo duodécimo y decimotercero al establecer efectos retroactivos en el análisis de la cantidad de veces matriculadas las asignaturas pues se cuentan también las matriculadas en cursos anteriores al 2010-2011 donde estaba vigente la Resolución 210 de 2007 emitida por el antiguo ministro de educación superior que establece en su artículo 170: –Los estudiantes matriculados en la modalidad semi-presencial que obtengan la calificación de Mal (2) en la convocatoria ordinaria del período, tienen derecho a examinar nuevamente la asignatura en las restantes convocatorias del curso y de no aprobarla, volver a matricularla hasta aprobarla. Este derecho es válido para todas las asignaturas matriculadas.
Del anterior se explica que no existía límite de matriculas para las asignaturas por lo que nosotros como estudiantes no limitábamos la cantidad de matrículas hechas en años anteriores y ahora nos cuenta por lo que causamos baja de la modalidad en que estudiamos. Entendemos que el rigor de la educación superior debe cada día aumentar en función de contar con profesionales más capaces pero nos preocupa que en nuestra Constitución refiere en su ARTICULO 61.-Las leyes penales tienen efecto retroactivo cuando sean favorables al encausado o sancionado. Las demás leyes no tienen efecto retroactivo a menos que en las mismas se disponga lo contrario por razón de interés social o utilidad pública.
Nuestra pregunta en esencia es:
¿Es posible aplicar esta Resolución 231-2011 con efectos retroactivos?
Muchas Gracias.