Este martes en la Mesa Redonda: Modificación del Sistema General de la Vivienda (I)
Directivos del Instituto Nacional de la Vivienda, el Instituto de Planificación Física y el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social comparecerán este martes en la Mesa Redonda para brindar detalles sobre las modificaciones realizadas a la Ley General de la Vivienda y la puesta en vigor del Decreto-Ley 322 y sus normas complementarias.
Cubavisión, Cubavisión Internacional y Radio Habana Cuba transmitirán este programa desde las 7 de la noche y el Canal Educativo lo retransmitirá al final de su emisión del día.
En el Decreto ley 322 se habla de cambios en el actual Sistema de vivienda, mi interrogante es la siguiente:
1- Es cierto que van a Dar propiedades a las casas que están de arrendamiento por tiempo indeterminado? (En tal caso están las viviendas que fueron compra ventas ilegales antes de la aprobación de venta de casas.)
2- Por qué no se determina que el Arrendatario que pague la totalidad del Valor de la casa llague a obtener la propiedad de la misma para disponer de ella?
3- Si un Arrendatario quisiera mejorar su vivienda con medios propios o incluso agrandar su espacio habitacional, cómo sería y que ventajas adquiere con ello?
Hola quisiera saber como quedan los usufrutos gratuitos los cuales estan siendo convividos por personas ajenas a los anteriores convivientes pero llevan muchos años en el mismo,
gracias
Mi mama vivio toda una vida con su mama, ella fallecio y el titulo de la propiedad esta a nombre de su mama, mi mama tiene 3 Hermanos y se procedio a realizar una declaratoria de herederos, en el proceso se cosntato que las certificaciones de nacimiento tenian errores en cuanto al nombre de la madre y el padre, y ahora fue que salieron a la luz.En ese proceso de declaratoria de herederos la aboda trasmitio al tribunal para subsanar los errores y el proceso se dio sin lugar. ¿Como se puede adjudicar a nombre de mi mama, la propiedad de la casa?
Soy propietaria de una casa en 53 A entre 84 y 86 final de calle. Marianao.
Hace 14 años atrás invadieron la calle y mi área del jardín ,aguas albañales, pero hace tres semanas las aguas negras que están en la calle, penetraron por el baño inundando toda la casa, múltiples gestiones realizadas para nada han ayudado, ahora sucede que mi casa reparada por mi, varias veces y certificada en estado optimo por la ingeniera que la visito cuando la inscribí en el registro de la propiedad, esta sobre un mar de albañales y ya tiene daños considerables.¿Quien los pagara?, ¿Como es posible que no pueda yo vivir en mi casa por semejante agresión, teniendo que ver como se van por el caño todos mis esfuerzos?. Sin embargo a los que deben preocuparle u ocuparse por el fondo habitacional no les interesa.
Muchas Gracias.
En cuanto al decreto ley # 322 quisiera saber que sucederá con los apartamentos que actualmente son vinculados a fabricas ejemplo (reparto Abel Santamaria en Boyeros) y que hoy mas del 70% de sus ocupantes ya no trabajan en dichas fabricas por X motivos
1- según la ley los apartamentos vinculados la empresa poseedora debe asumir su reparación
2- como son vinculados los ocupantes no pueden realizar acciones de reparación
3- este reparto debido a una deficiente y añeja impermeabilizacion de sus cubiertas se esta destruyendo motivado por las filtraciones existente
4-segun la resolución 9/90 del 7 de febrero de 1990 las viviendas vinculadas el limite máximo a pagar por los residentes es de 600 pesos y por la entidad poseedora de dicho inmueble la cifra que exceda dicho tope esto no se cumple ya que las empresas poseedora de estos inmuebles nunca realizan acciones sobre ellas
5- creo que seria conveniente que estos apartamentos dejaran de ser vinculados y así dejarían de ser una carga mas para el estado y los ocupante resolverían los grandes problemas de filtraciones que hoy persisten
En cuanto al decreto ley # 322 quisiera conocer como quedarían los inversionistas del sistema de la vivienda con respecto a los constructores ya que los dos perteneceríamos al mismo ministerio y como tal (NO HAY CONTRAPARTIDA) seriamos juez y parte
gracias
Buenas noches a todos los directivos de la mesa redonda. Quiciera hacer una pequeña pregunta. Si a una persona se le quema la casa donde vive por un corte ocurido por si solo, es decir, no hubo manipulación por otra persona, sino que ocurrió, ahora; el Estado esta en el deber de entregarle una casa o darles los materiales para que la reconstruya o si no el deber es tuyo de reconstruirla por tus propio medios. Eso es todo.
Saludos. Quisiera que saber qué impide que una persona que tenga un solar a su nombre o una vivienda no concluida no pueda venderlos. Hasta ahora la vivienda debe estar terminada para poder venderla o donarla. ¿Por qué no puedo vender algo que no he concluido o deseo no concluir?
Gracias.
Con respecto al decreto ley # 322 como ultima pregunta quisiera conocer como sera la forma de pago para los trabajadores de las direcciones municipales y provinciales de la vivienda
(por tiempo o por rendimiento )
gracias
Hola buenas noches, es solo para recalcar lo que preguntaba el señor Erik, respecto a qué habrá para los arrendatarios, hay esperanza de obtener la propieda de la casa algún dia? las compras ilegales fueron por pura necesidad, violando una ley que todos sabemos creó muchos problemas mientras estuvo vigente, por qué no solucionar esos problemas de una vez por todas y de paso se eliminan las oficinas dedicadas a controlar esto? sería menos gasto para el estado, y menos carga para el estado también.
saludos, por favor tomen en cuenta mi pregunta y la de erik.
quisiera contactar con la vice presidenta de IPF Belkys Serrano, tengo en propiedad un paño de terreno en el balneario de Rancho Luna ,(zona de desarrollo turistico) desde el 2011 le he solicitado a la direccion Provincial de IPF en cienfuegos y en especifico a su director Norgue Ruiz el cual no a dado una respuesta completa a la solicitud de cambio del mismo para un lugar donde pueda construir.
Autor del Comentario Usuario Benedicto:
HOLA ME DIRIJO A USTEDES CON EL OBJETIVO DE PRECISAR ALGUNAS DUDAS QUE TENGO. PUES FUI COLABORADOR EN LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, DONDE SE ME ASIGNO UNA VIVIENDA , HACE 2 AÑOS QUE LOS DIRECTIVOS DEL LA DIRECCION DE SALUD DEL MUNICIPIO ESPECIAL DE LA ISLA DE LA JUVENTUD , SE REUNIERON CON TODOS LOS COLABORADORES DONDE FUERON A RECOGER LAS INQUIETUDES CON RELACION A LA TERMINACION DE LA VIVIENDA Y TRATARON EL TEMA DE LOS PRECIOS DE LA MISMA, EN ESE ENTONCE MI PREOCUPACION ERA QUE SEGUN LA EMPRESA CONSTRUCTORA TENIA EN EL PROYECTO HACER UN EDIFICIO DE 8 APARTAMENTOS Y COMO LOS DEMAS NO QUERIAN CASA EN SANTA FE SOLO CONSTRUYERON UN SOLO PISO, CON EL DISEÑO DE UN EDICFCIO QUE NO TIENES NADA QUE VER CON LAS VIVIENDAS INDIVIDUALES Y MUCHO MENOS CON LA BIPLANTA, OSEA NO SE PARECE EN NADA A LOS PROYECTOS QUE NOS ENMSEÑARON EL VENEZUELA Y AL CABO DE 2 AÑOS NO SE NOS DIO RESPUESTA DE LO QUE HABIAMOS PLANTEADO, LLEGA LA RESOLUCION DEL MINISTERIO DE VIVIENDA , DONDE EL PRECIO QUE NOS DICEN ES DE 3369 CUC, Y NO EL DE 2095 CUC, QUE SERIA EL PRECIO JUSTO ,PUES LA UNICA DIFERENCIA QUE HAY ES QUE ELLOS LO DEJARON EN UN SOLO PISO , Y AHORA LA ESTAN VALORANDO COMO UNA CASA INDIVIDUAL. POR LO QUE ESTAMOS SOLICITANDO QUE VALOREN NUESTRA SITUACION. GRACIAS
Dr benedicto De laz Castro.
DIRECCION. CALLE 9 ENTRE 18 Y 20 Nro 901 santa fe ISLA DE LA JUVENTUD
TEL 39 7083
Mi comentario es en forma de pregunta que quisiera me respondiera:
Puede una propietaria de una vivienda darle por terminada a personas que conviven en la misma auque lleve este por más de 16 años viviendo en la misma, sin estar dentro de la propiedad de la casa? Qué debo hacer? Adónde me tengo que dirigir?
Favor con urgencia quisiera me respondieran esta pregunta lo antes posible
y ¿para cuando tendré la respuesta y porqué vía ?
Muchas gracias