Trabajo por Cuenta Propia: Ordenar para una mayor eficacia (+ Fotos)

Joven botero cuentapropista.

Joven botero cuentapropista.

Las nuevas normas que implementan la política para el perfeccionamiento del trabajo por cuenta propia y su sistema de control son publicadas desde hoy en la Gaceta Oficial de la República. Entrarán en vigor dentro de 150 días, cuando también se reiniciará la entrega de autorizaciones para las licencias que han estado suspendidas

No se elimina ninguna licencia, sino que las 201 actividades vigentes se concentran en 123, lo que permite una reducción en los trámites y un mejor servicio con la misma carga tributaria. También se crean nuevas actividades

Las nuevas disposiciones tipifican en un único cuerpo legal las infracciones. Habrá mayor control, pero las medidas estarán a tono con la gravedad de la contravención

Desde 2010 hasta la actualidad, ocurrió un sostenido incremento del trabajo por cuenta propia: De 157 351 entonces, al cierre de mayo de este año la cifra ascendió a 591 456, y en junio aumentó. Los jóvenes y las mujeres representan el 28 por ciento y el 33 por ciento de ellos, respectivamente

Las normas que implementan la política para el perfeccionamiento del trabajo por cuenta propia y su sistema de control han sido publicadas hoy en la edición Extraordinaria No. 35 de la Gaceta Oficial de la República, disponible en su sitio digital (www.gacetaoficial.gob.cu).

Se trata de seis normas de rango superior (cinco decretos-leyes —del Consejo de Estado— y un Decreto —del Consejo de Ministros—) y 14 resoluciones complementarias de los organismos vinculados con la implementación de las mismas.

Son los ministerios de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), de Finanzas y Precios (MFP), de Salud Pública (Minsap), de Transporte (Mitrans), de Cultura (Mincult) y de Industrias (Mindus) y del Instituto de Planificación Física (IPF).

Las normas entrarán en vigor a los 150 días tras su publicación en la Gaceta Oficial (o sea, en cinco meses), cuando también se reiniciará la entrega de las autorizaciones para las licencias que han estado suspendidas desde el año pasado.

Los trabajadores por cuenta propia recibirán de manera gratuita un ejemplar, previo al proceso de capacitación que se les brindará, para que estudien lo legislado y de esa manera puedan, durante los seminarios, evacuar con mayor conocimiento de causa todas las dudas.

Debido a que será inevitablemente un documento muy demandado, se prevé hacer varias tiradas, por lo que pudiera estar en los estanquillos para la venta a la población a fines de este mes o inicios de agosto. No obstante, ya está en formato digital en el sitio web referido.

Para algunos, en especial para quienes tienen planes de recibir una autorización para realizar las actividades temporalmente suspendidas el pasado año, pudiera ser un tiempo largo; sin embargo, estos redactores creemos que es algo necesario.

Constituye la primera vez —hasta donde recordemos— que una medida de este tipo dispone de suficiente tiempo para poder ser aprendida y «bien digerida».

Durante una conferencia de prensa la víspera en el MTSS, directivos de los ministerios involucrados explicaron que este tiempo se utilizará para el proceso de preparación de las estructuras administrativas que van a implementar la norma y para la capacitación de las trabajadoras y los trabajadores por cuenta propia (TCP).

¿Cuántos problemas y errores se evitarán si las personas encargadas de autorizar y controlar estas actividades lo hacen correctamente, con conocimiento profundo de lo que se legisla, sin malinterpretaciones, sin dichos y hechos indebidos?

¿Cuántos disgustos, errores y violaciones se evitarán los TCP y los que aspiran a una licencia, si conocen ampliamente los procesos que deben cumplir y los deberes y derechos que les corresponden? Y también es un tiempo prudente para que unos y otros mediten en qué van a hacer, porque las normas que ahora se publican y que luego entrarán en vigor, obligarán a algunos a tomar esta o aquella decisión.

El cuentapropismo va

Desde 2010 hasta la actualidad se ha registrado un sostenido incremento del trabajo por cuenta propia en el país. De 157 351 TCP que había en aquel año, al cierre de mayo la cifra ascendía a 591 456, y en junio siguió creciendo. Los jóvenes y las mujeres representan el 28 por ciento y el 33 por ciento de ellos, respectivamente.

Marta Elena Feitó Cabrera, viceministra primera del MTSS, informó a los medios que los trabajadores por cuenta propia representan el 13 por ciento de los ocupados en el país. En el ámbito del empleo, son 434 000 nuevos puestos de trabajo desde la ampliación de estas actividades en 2010.

El mayor número está concentrado en la elaboración y venta de alimentos; los servicios de transporte; el arrendamiento de viviendas, habitaciones y espacios; y los trabajadores contratados, fundamentalmente asociados a las dos primeras actividades mencionadas.

El trabajo por cuenta propia (TPC) está refrendado en la Conceptualización del Modelo Económico y Social y en los Lineamientos de la Política Económica y Social del Partido y la Revolución, actualizados en el 7mo. Congreso del PCC, en abril de 2016. Y es voluntad del Gobierno continuar desarrollándolo, señaló Feitó Cabrera.

Los resultados de este sector económico son reconocidos públicamente. Muchos beneficios nos ha traído. Como opción de empleo ha facilitado y ayudado al proceso de reordenamiento laboral en el sector estatal; y ha contribuido gradualmente a liberar al Estado de actividades no fundamentales para que este se concentre en aquellas que sí tienen una connotación especial para el país y la población.

Además, ha incrementado la oferta de bienes y servicios con calidad aceptable a la población —incluido el turismo internacional en algunas áreas, como los servicios de restaurantes y el hospedaje—; y el pago de los tributos por parte de los TCP constituye una fuente de ingresos a los presupuestos municipales en función del desarrollo territorial (sus contribuciones son ingresos cedidos a los presupuestos municipales).

No obstante, también se han confrontado problemas. Y no son pocos ni ligeros. Se han detectado desviaciones en la política que se había aprobado, entre estas la utilización de materias primas y materiales de procedencia ilícita y el incumplimiento de obligaciones tributarias y la subdeclaración de ingresos.

Ha existido falta de enfrentamiento y solución oportuna a los problemas, así como imprecisiones e insuficiencias en las acciones de control, lo que ha permitido la comisión de ilegalidades e inclusive de delitos.

Han habido deficiencias en la contratación económica que realizan los TCP con las entidades estatales; se han detectado trabajadores que no son dueños y actúan en representación de un tercero para enmascarar la concentración de negocios, propiedades y riquezas; y hay actividades que se están ejerciendo al amparo de las aprobadas que no están autorizadas.

Hay también un grupo de aspectos que debido al tiempo transcurrido requerían de regulación, al no estar contemplados, según informaba la Viceministra Primera del MTSS.

Avanzar de forma ordenada

Para rectificar las deficiencias detectadas en la implementación de la política para el trabajo por cuenta propia, y para que este continúe avanzando de forma ordenada, el Consejo de Ministros aprobó un conjunto de decisiones que convencionalmente pudieran agruparse en tres cuerpos: 1) medidas que dan respuesta a las solicitudes que durante este período han realizado los trabajadores por cuenta propia; 2) regulaciones para perfeccionar el ejercicio de las actividades; y 3) decisiones para fortalecer el control tanto a niveles municipal y provincial como nacional.

En lo que se ha dado en llamar el primer grupo, se incluye la compactación de las 201 actividades vigentes en 123, lo que permite una reducción en los trámites y ofertar un servicio más integral con la misma carga tributaria; ese era un pedido de los TCP. Al contrario de lo que se ha rumorado, no se elimina ninguna actividad.

Se crean nuevas actividades, como la de servicio de bar y recreación, que deriva de las tradicionales «paladares», y donde, siempre con un máximo de hasta 50 sillas, se expenderán bebidas —alcohólicas y no alcohólicas— y alimentos ligeros, y se podrá utilizar música grabada, audiovisuales y hasta contratar servicios de presentaciones artísticas, según las regulaciones que establece el Ministerio de Cultura. Se establecen además las actividades de panadero-dulcero y arrendador de medios de transporte.

Otros reclamos de los TCP que se cumplen son la ampliación de las causas y actividades para solicitar la suspensión temporal del ejercicio de la labor, y por tanto el cese en ese período del pago de tributos; y que el titular que tenga trabajadores contratados y necesite ausentarse por enfermedad prolongada de él o de personas a su cargo, o por salida al exterior, pueda nombrar a uno de los trabajadores contratados para que en representación de él asuma la responsabilidad.

También se elimina para arrendadores de viviendas, habitaciones y espacios, la prohibición de arrendar a personas jurídicas (actualmente solo pueden hacerlo a personas naturales).

Las nuevas normativas establecen un grupo de regulaciones para perfeccionar el ejercicio y control del trabajo por cuenta propia, como una mayor precisión en el alcance de las actividades, y un escrito de solicitud que consiste en exponer el proyecto de la actividad que se pretende realizar y cómo se pretende realizarla.

La política establece que se otorguen autorizaciones para ejercer solo una de las actividades aprobadas. Esto pudiera parecer algo muy restrictivo, sin embargo, Feitó Cabrera informó que el 98,4 de los TCP están incluidos en las actividades que se integran o que no sufren ninguna modificación, y apenas el 1,6 por ciento no se integran, o sea, 9 000 trabajadores de todo el país (el 50 por ciento de ellos está en La Habana y el nueve por ciento en Matanzas) pudiera ser afectado por esta medida.

Estos trabajadores deberán tomar una decisión; es decir, operar una sola actividad, pero tampoco será de «golpe y porrazo»; tendrán hasta 90 días (después de la entrada en vigor de las normas en la primera quincena de diciembre) para ajustarse a la actividad que seleccione y para hacer los cambios que correspondan.

Con la ley siempre si hay orden

Las normas que se anuncian incluyen en un solo cuerpo legal las infracciones para el ejercicio del TCP, y así finiquitar la dispersión legislativa que hoy existe.

Habrá mayor control, pero las medidas estarán en correspondencia con la gravedad de la contravención. Estas van desde la notificación preventiva, la multa, la cancelación de la autorización por un término de hasta dos años, el decomiso, y la cancelación definitiva de la autorización para ejercer el TPC.

Esta cancelación definitiva, se aplica solamente ante tres circunstancias: cuando la persona autorizada para ejercer la actividad actúa para un tercero (los testaferros o «prestanombres», que es una actividad económica ilícita); cuando hay tráfico de droga, prostitución, proxenetismo u otros hechos constitutivos de delito, con independencia de la acción penal que corresponda; y cuando se emplee a menores de 15 años de edad o jóvenes entre 15 y 16 años de edad sin la autorización correspondiente que establece el Código de Trabajo.

También se tomaron un grupo de decisiones para fortalecer el control funcional del TCP, tanto a nivel nacional, provincial como municipal, de forma multidisciplinaria. Incluye, por ejemplo, un plan de inspección aprobado que responda a los intereses del territorio.

Sobre esto, apuntó la Viceministra Primera del MTSS, cuando se realice la inspección a una actividad deberá hacerse con un equipo multidisciplinario y ejecutarse integralmente.

No puede seguir permitiéndose —señaló— que diferentes cuerpos de inspección en el mismo espacio y tiempo realicen un control, cada uno por su lado, o que varios de los inspectores del mismo cuerpo de inspección, de manera reiterada, estén haciendo visitas individuales a los TCP.

Más licencias sanitarias

Yanarys López Almaguer, directora de Salud Ambiental del Minsap, explicó que se incorporan nuevas actividades que requieren licencias sanitarias: arrendador de viviendas, habitaciones y espacios que brinden el servicio de alimentación en el hospedaje; el asistente para la atención educativa y el cuidado de niño; vendedor-elaborador de alimentos y bebidas no alcohólicas de forma ambulatoria; elaborador-vendedor de vino; panadero-dulcero; pelador de frutas naturales; servicios de bares y recreación; servicios de gastronomía de cafetería y servicios gastronómicos en restaurantes.

Estas licencias se solicitan en los centros o unidades de Higiene y Epidemiología de los municipios donde se va a ejercer la actividad y la respuesta a los interesados se dará en un término de siete días.

Con las modificaciones al ejercicio del trabajo por cuenta propia también se regula el otorgamiento de carteles, algo que no es obligatorio. Según explicó Diana Rosa Suárez, directora jurídica del IPF, quienes los deseen deben pedir autorización y el contenido del cartel tendrá el nombre de la actividad que está aprobada por el MTSS.

La funcionara añadió que si se quiere colocar un signo distinto de su actividad, habrá que inscribir el cartel en la Oficina Cubana de Propiedad Industrial, la que no registra las marcas o signos distintivos similares o que tengan una interferencia gráfica o fonética con otros ya registrados.

Al que hoy tiene un cartel sin las especificaciones que hemos hecho se le va a dar un año natural, a partir de la puesta en vigor de las normas, para inscribirlo.

Glenda Murillo Alemán, directora jurídica del Ministerio de Industrias, explicó que desde su entidad se estableció un dictamen de seguridad a los equipos de recreación, tanto para personas naturales como jurídicas, a los que se realizará una comprobación en sus principales sistemas.

El propósito es la protección de la vida humana, en especial la de los niños. A partir de su entrada en vigor, la norma ofrece 180 días para que todos los que exploten los artefactos gestionen sus dictámenes técnicos.

Murillo Alemán subrayó que los equipos de recreación son sillas voladoras o avioncitos con recorridos circulares, de altura mayor de un metro; columpios movidos con sistema de transmisión; carros con recorridos en círculos inclinados, y carros autopropulsados y con motor eléctrico o de combustión interna.

También equipos inflables siempre que requieran de compresores o sopladores eléctricos para funcionar; las estrellas que giran de forma perpendicular al suelo; las montañas rusas con altura mayor de un metro, y otros con indicadores de giros y alturas iguales o superiores a los que se han establecido.

Ileana Flores Izquierdo, viceministra de Cultura, informó que las nuevas normas prevén contravenciones de las regulaciones en materia de política cultural y sobre la prestación de servicios artísticos, pues ahora los trabajadores por cuenta propia tienen derecho a contratar estos servicios y medios audiovisuales.

«La comercialización de las artes plásticas no puede hacerse en lugares no autorizados o por personas que no estén inscritas en el registro del creador. También se sancionará, tanto en la plástica como en el libro, la comercialización de productos con contenidos lesivos a los valores éticos y culturales y que no estén en correspondencia con las normas vigentes por el Ministerio de Cultura», explicó.

Operación del transporte

Marta Oramas Rivero, viceministra de Transporte, explicó que la licencia de operación del transporte se unifica en una sola norma jurídica tanto para personas naturales como jurídicas.

Se trata, dijo, de un documento de autorización intransferible que debe poseer toda persona para poder prestar el servicio de transporte de carga, de pasajeros, y auxiliares o conexos, es decir los talleres.

Explicó que a las personas que se dediquen a servicios auxiliares se les va a otorgar licencia de operación del transporte y se van a dar de forma gratis por única vez. Añadió que como parte de las modificaciones se restituye la extensión municipal, provincial y nacional de las licencias de transporte, facilidad para poder ordenar estos servicios.

Oramas Rivero subrayó que en el caso de que la licencia que se esté solicitando sea para la transportación en ómnibus, camionetas o camiones, se tienen que acreditar tres años de experiencia como conductor de un medio automotor.

También se le hace una nueva clasificación al servicio de transportación de pasajeros en taxis: autos, paneles, microbús, triciclos y almendrones; y en taxis en rutas, libre o alto confort y clásicos, este último vinculado contractualmente con TaxisCuba.

La Viceministra refirió que ahora la vigencia de la licencia de transportación de carga y pasajeros será de un año, y que se empezará un experimento en La Habana para ordenar el servicio que brindan los porteadores privados con capacidades de entre cuatro y 14 pasajeros, el cual luego se extenderá a otros territorios.

Nuevos tributos

El aporte tributario de los trabajadores por cuenta propia a nuestra economía ha venido creciendo año tras año. Su mayor impacto se da en los presupuestos municipales, detalló Vladimir Regueiro Ale, director general de Política Fiscal del Ministerio de Finanzas y Precios.

Las nuevas normas, añadió, no significarán un incremento de la carga tributaria, sino que se reordenarán. De las 123 actividades que quedaron aprobadas luego de la reagrupación, 52 aportarán por el Régimen General y 71 lo harán por el Simplificado, el cual consiste en el pago mensual de una cuota consolidada. (Las tres nuevas actividades aprobadas, panadero-dulcero, servicio de bares y recreación, y arrendador de medios de transporte, tributarán por el Régimen General).

Regueiro Ale detalló que se ha logrado una diferenciación en las cuotas tributarias para la capital, teniendo en cuenta su alto rendimiento y desarrollo en varias actividades, lo que provocará un incremento de los aportes mensuales en 41 actividades —y 20 en el resto del país—. Esto impactará en aproximadamente 25 000 contribuyentes, es decir, apenas el cuatro por ciento de los que ejercen el trabajo por cuenta propia.

A su vez hay una reducción en las cuotas de 39 actividades, 22 de estas en la capital. Como parte de los estudios realizados, se identificó además que seis actividades, por los niveles de interacción que están obteniendo, podrían transitar del régimen simplificado al general.

El Director General de Política Fiscal del MFP amplió que la actividad de agente de telecomunicaciones, que tributa en el régimen Simplificado, tiene una adecuación de las cuotas que se exigen de forma consolidada para ser presentadas cada mes.

Otras de las medidas en el área tributaria están relacionadas con el impuesto por la utilización de las fuerzas de trabajo, y la habilitación de cuentas bancarias fiscales, las que comenzarán a aplicarse de forma gradual. Ahora solo se requerirán para seis actividades: los servicios de restaurantes y bares y recreación; los servicios gastronómicos en cafeterías; el arrendamiento de viviendas, habitaciones y espacios; los servicios constructivos; y los dedicados a la transportación de pasajeros, la que se aplicará en La Habana.

(Con información de Juventud Rebelde)

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