Entra en vigor legislación que establece límite de ganancia en las compras entre entidades estatales y del sector no estatal

La Gaceta Oficial de la República publicó en su edición Ordinaria No.57, el 27 de junio, la Resolución 209 de 2024 del Ministerio de Finanzas y Precios (MFP), que regula las relaciones comerciales entre los actores económicos del país. Esta resolución establece que la adquisición de bienes y servicios no podrá tener una tasa de utilidad que exceda el 30 por ciento del total de costos y gastos.

La normativa añade que esta cuantía se calculará incluyendo los impuestos sobre ventas y servicios.

Además, detalla que los consejos provinciales y de Administración municipales tienen la autoridad para fijar los precios y tarifas máximas de los bienes y servicios seleccionados, provenientes de entidades estatales del sector no estatal, considerando las características propias de cada territorio.

Asimismo, a partir de esta fecha, se implementará la ampliación de los beneficios arancelarios para las importaciones no comerciales realizadas por personas naturales, que incluyen alimentos, productos de aseo, medicamentos, insumos médicos y generadores eléctricos.

Esta medida prolonga los efectos de una resolución similar, promulgada en marzo de 2024 por el MFP, cuyo plazo de aplicación finalizaba el 30 de junio y ahora se extenderá hasta el 30 de septiembre de 2024.

Esta decisión responde a la continuidad de las restricciones internas en la disponibilidad de alimentos y otros productos, ocasionadas principalmente por el bloqueo del Gobierno de Estados Unidos y la crisis económica global.

(Con información de Prensa Latina)

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