Seguridad y Asistencia Social: Un derecho de todos los cubanos (+ Video)
Por Oscar Figueredo Reinaldo, especial para la Mesa Redonda
Fotos: Roberto Garaicoa
Como cada martes la Mesa Redonda se acerca a un tema de interés nacional. En esta ocasión, el programa puso sobre la mesa un tema muy relacionado con la vida de todos y que es transversal a la vida de muchas familias en Cuba: la Seguridad y la Asistencia Social. Sobre las características del sistema de seguridad social, su financiamiento y el papel que tienen hoy los trabajadores sociales se conversó durante 57 minutos con directivos del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y del Ministerio de Salud Pública.
Al iniciar la Mesa Redonda, Msc. Yusimí Campos Suárez recordó que una de las primeras medidas de la Revolución, específicamente en el año 1963, fue la de crear un Sistema de Seguridad Social de cobertura universal, para todos los trabajadores, con protección a las diferentes situaciones que durante su vida laboral, pueden presentarse, dígase subsidio por enfermedad o accidente, la pensión por invalidez total o parcial, por la muerte del trabajador, del pensionado o de otra persona de las protegidas por la Ley y la protección a la madre trabajadora.
“Se crea, además un régimen, que es la Asistencia Social, para las personas que no puedan trabajar que carezcan de familiares en condiciones de prestarle ayuda. Estos elementos están contemplados en nuestra Constitución, lo que demuestra la voluntad de nuestro Estado, de garantizar este derecho a los ciudadanos, que no se dejó de asegurar, ni en los años más difíciles de Periodo Especial”.
En cada familia cubana, en algún momento, de manera similar a la educación de los hijos, ha estado de alguna forma nuestra Seguridad Social. Comentarte que en ocasiones, suele asociarse la seguridad social, solo a las pensiones de jubilación, a la maternidad, la asistencia social, pero es importante que conozcamos que también se incluye, por ejemplo:
Dentro de las prestaciones en servicios
- Ø la asistencia médica y estomatológica, preventiva y curativa, hospitalaria general y especializada.
- Ø la rehabilitación física, psíquica y laboral.
Como prestaciones en especies
- Ø los medicamentos y la alimentación mientras el paciente se encuentra hospitalizado.
- Ø Los medicamentos que se suministran a las embarazadas y los aparatos de ortopedia y las prótesis.
Campos agregó que las prestaciones de la Seguridad Social se interrelacionan con otras prestaciones de los sistemas de Educación y Salud Pública, a través de sus diferentes centros y programas. Por ejemplo una mamá de un niño con discapacidad, concluida su licencia de maternidad puede acogerse a otra licencia hasta que su hijo cumpla los tres años de edad, para poder acceder a las consultas médicas de intervención temprana, rehabilitación y la administración de su centro laboral está obligada a reservarle su plaza, durante esos tres años. O cuando hablamos de un adulto mayor que recibe algún servicio por ejemplo en una Casa de Abuelos, un Hogar de ancianos, y de recibir ingresos insuficientes y no contar con familiares, ese pago se realiza a través de la Asistencia Social.
Por su parte la Lic. Yasmina Peña Fournier, subdirectora general del Instituto Nacional de Seguridad Social dijo que como explicaba la viceministra el sistema de seguridad social comprende el régimen general regulado en la Ley No. 105 mediante el cual se brinda protección a los trabajadores asalariados de todos los sectores y a su familia. Esta Ley perfeccionó la protección social, y se ampliaron e incluyeron nuevos beneficios a favor de la población
En este sentido se encuentra establecida la protección:
- en los casos de enfermedad y accidente ya sea de origen común o profesional,
- la maternidad,
- invalidez y vejez y,
- en caso de muerte ya sea del trabajador o del pensionado se ofrece protección también a la familia.
Entre los beneficios que se introdujeron se encuentra:
- la modificación del cálculo de las pensiones, que propicia que la cuantía de la pensión tenga mayor correspondencia con el aporte, el salario y la permanencia laboral de trabajador. Debemos recordar que:
- Ø Se toma como base, el salario promedio mensual de los 5 años seleccionados, sin que se reduzca al 50% lo que excede de 250 pesos, como ocurría con anterioridad.
- Ø Se aplica el 60% al total del salario promedio mensual, con 30 años de servicios, en lugar del 50% que se aplicaba con 25 años de servicios.
- Ø Se incrementa en 2% la pensión, por cada año de servicio que exceda los 30 años, hasta el límite del 90% del salario promedio que establece la Ley.
Agregó más adelante que se establece que los pensionados por vejez pueden reincorporarse al trabajo y devengar el salario del cargo que pasen a ocupar y la pensión.
“Se establece también que puede percibirse más de una pensión de seguridad social a la que se tenga derecho, en cuyo caso se unifican, eliminándose la prohibición que imposibilitaba simultanear pensiones. Esta medida beneficia a las viudas que se pensionan como trabajadoras y a los menores huérfanos de ambos padres”.
Informó que se elimina el requisito del tiempo mínimo se servicios prestados que se exige para que el trabajador tenga derecho a la pensión por invalidez total y parcial, con lo que aumenta la protección ante este riesgo, al sólo tener que acreditar el vínculo laboral.
también comentó que al cierre del mes de junio se encontraban protegidos más de 1 millón 600 mil personas. Para garantizar estos beneficios anualmente se aprueba el presupuesto que se destina a la seguridad social. Este se nutre de los aportes que por concepto de Contribución a la Seguridad Social realizan los empleadores, los sujetos protegidos por los regímenes especiales de seguridad social que enumerábamos con anterioridad así como por la contribución especial de los trabajadores.
“Este presupuesto en los últimos años ha crecido sostenidamente. Para el año 2016 se planifican gastos por 5 mil 800 millones de pesos de los cuales, aún con los aportes por la Contribución de empleadores y trabajadores, el Presupuesto del Estado, debe transferir mil 182 millones de pesos, que representa el 21% del total”.
Esclarecer Randy, que la necesidad de protección de un núcleo familiar puede ser planteada por los propios interesados, trabajadores sociales, las organizaciones de la comunidad u otra persona que así lo considere, a la Dirección de Trabajo Municipal para su atención y evaluación.
La protección de la asistencia social se concede mediante prestaciones monetarias, especies y servicios.
Las monetarias se otorgan por el término de hasta un año, cuando se prevé que la situación del núcleo familiar será prolongada. Comentar que tienen como objetivo garantizar el pago de los servicios básicos, y que las personas no quedan desamparadas.
En los servicios que se implementan participan diferentes organismos e instituciones del Estado y se dirigen específicamente a adultos mayores, personas con discapacidad u otras que lo requieran.
Entre ellos se encuentran:
- pago del servicio de hogares de ancianos y casas de abuelos;
- Asistencia Social a Domicilio, dirigido a personas con limitaciones en la movilidad que viven solas y no cuentan con familiares,
- pago del servicio de alimentación, para aquella personas con ingresos insuficientes que acceden a las unidades del Sistema de Atención a la Familia, del Ministerio de Comercio Interior;
- pago del consumo eléctrico en los núcleos de pacientes con enfermedades crónicas que permanecen en sus domicilios, pero con requerimientos imprescindibles para mantener la vitalidad; y
- el pago de la transportación para recibir atención médica especializada fuera del territorio de residencia, a partir de los requisitos establecidos por el MINSAP.
Específicamente, en el caso de las prestaciones en especie, desde el año 2013 se aprobó la política para la entrega de recursos a familias con situaciones sociales críticas, proceso que se ha venido ordenando, a partir de la identificación de las necesidades de estos casos. La entrega de estos recursos se ajusta a las posibilidades reales de la economía y se incluye anualmente en el presupuesto de la Asistencia Social.
Finalmente, señalar que en los últimos años se han incrementado los recursos que se destinan a la Asistencia Social, por ejemplo el año pasado se ejecutaron 350 millones de pesos, en la protección 111 mil 801 núcleos familiares, integrados por 175 mil 106 beneficiarios, entre ellos, que incluye 33 millones de pesos que aseguraron la entrega de los módulos de cocinas de inducción, para los beneficiarios de la Asistencia Social.
En otro momento de la Mesa, Majín Hernández Padilla, director de prevención. asistencia y trabajo social enfatizó que en la Constitución de nuestra República y en la Ley de Seguridad Social, se establece que la Asistencia Social protege a los ancianos sin recursos ni amparo, a cualquier persona no apta para trabajar que carezca de familiares en condiciones de prestarle ayuda.
“La necesidad de protección se determina cuando se demuestra la incapacidad de los miembros del núcleo familiar para incorporarse al empleo, motivado por situaciones de salud, discapacidad u otras causas que lo justifiquen, se verifique insuficiencia de ingresos para asumir la alimentación, medicamentos, servicios básicos y la carencia de familiares obligados a prestar ayuda”.
Precisar, que están protegidos por el régimen de Asistencia Social, también, por ejemplo:
- Ø Las madres trabajadoras en el periodo que disfruten de licencia no retribuida para el cuidado de hijos y que se demuestre carencia de ingresos.
- Ø La familia de los jóvenes llamados al Servicio Militar Activo y que constituyan parte del sostén familiar.
- Ø Los huérfanos de un solo padre, pensionados por la seguridad social, que al arribar a los 17 años de edad, se encuentren estudaiando.
“Esclarecer Randy, que la necesidad de protección de un núcleo familiar puede ser planteada por los propios interesados, trabajadores sociales, las organizaciones de la comunidad u otra persona que así lo considere, a la Dirección de Trabajo Municipal para su atención y evaluación”.
La protección de la asistencia social se concede mediante prestaciones monetarias, especies y servicios.
Las monetarias se otorgan por el término de hasta un año, cuando se prevé que la situación del núcleo familiar será prolongada. Comentar que tienen como objetivo garantizar el pago de los servicios básicos, y que las personas no quedan desamparadas.
En los servicios que se implementan participan diferentes organismos e instituciones del Estado y se dirigen específicamente a adultos mayores, personas con discapacidad u otras que lo requieran.
Entre ellos se encuentran:
- pago del servicio de hogares de ancianos y casas de abuelos;
- Asistencia Social a Domicilio, dirigido a personas con limitaciones en la movilidad que viven solas y no cuentan con familiares,
- pago del servicio de alimentación, para aquella personas con ingresos insuficientes que acceden a las unidades del Sistema de Atención a la Familia, del Ministerio de Comercio Interior;
- pago del consumo eléctrico en los núcleos de pacientes con enfermedades crónicas que permanecen en sus domicilios, pero con requerimientos imprescindibles para mantener la vitalidad; y
- el pago de la transportación para recibir atención médica especializada fuera del territorio de residencia, a partir de los requisitos establecidos por el MINSAP.
Casi al finalizar la Mesa Redonda intervino el Dr. Alberto Fernández Seco, Jefe de Departamento de Adulto Mayor, Asistencia Social y Salud Mental del MINSAP quien agregó que el Sistema de Salud Cubano trabaja de conjunto con el MTSS lo cual esta refrendado en la ley no.105 de seguridad social (mtss).
Que instituciones cuenta salud para prestar este servicio:
- 10 782 Consultorios (Principal Puerta De Entrada Al Sistema De Salud)
- 451 Policlínicos (812 GBT)
- 110 Clínicas Estomatológicas
- 151 Hospitales
- 136 Hogares Maternos
- 30 Centros Médicos Psicopedagógicos
- 28 Bancos De Sangre
- 12 Institutos De Investigación
Para desarrollar el trabajo social el Sistema de Salud cuenta con dos mil 581 Trabajadores sociales, formados en el sistema:
- mil 774 Licenciadas (68,7 %)
- 810 son Técnicos medios (31,3 %).
- 98 Con categoría docente
- 26 Máster
- 165 se encuentran en formación docente (90 primer año y 75 en el segundo año).
Fernández Seco agregó que este recurso humano es vital para la atención, si tenemos en cuenta que una evaluación médica integral, incluye la esfera biológica, psicológica y social y en el caso de los adultos mayores se le incorpora la funcional
“La trabajadoras sociales están ubicado en todos los niveles de atención, formando parte de los grupos básicos de trabajo en la atención primaria, en casas de abuelos, hogares de ancianos, CMP y en los equipo de atención de hospitales e institutos”.
Tanto en las casas de abuelos como en los hogares de ancianos se garantiza la alimentación (D,M,A,M y C) los menú son elaborados por dietistas teniendo en cuenta el estado nutricional y enfermedades del adulto mayor
Hay un vínculo con el INDER y Cultura para el desarrollo de las actividades
Y en el caso de los Hogares de ancianos cuentan todos con atención médica especializada, enfermería 24 horas, se les garantizan los medicamentos y las ayudas técnicas que necesiten, cada hogar de ancianos pertenece a un policlínico donde recibe todos los servicios que ahí se prestan, se realizan interconsultas en el hogar de otras especialidades, están identificados los hospitales base que le pertenecen, en estos hospitales contamos con los servicios de geriatría que ya alcanzamos 50 servicios con un total de mil 27 camas, los que nos permite alcanzar un indicador en el país, de una cama por cada dos mil adultos mayores
Saludos a todos los que participan en la Mesa Redonda, me dirijo a ustedes porque tengo una duda. Tengo 63 años de edad. Laboro en la Fábrica Valvo de Guantánamo. Soy hijo único y vivo con mi madre de 89 años, diabetica, hipertensa, operada de un cáncer de mama, ciega de un ojo y actualmente enferma con una dolencia crónica del oído que la ha tenido hospitalizada de manera intermitente durante los meses de julio a octubre del presente año. A nuestro alrededor viven sus dos hermanas de 79 y 90 años respetivamente, que no tienen hijos ninguna de ellas. Por todas estas razones tuve que solicitar una licencia sin sueldo durante tres meses. Quisera saber hasta que tiempo puedo solicitar una licencia sin sueldo o si existe alguna ley o regulación para considerar la posibilidad de jubilación anticipada, pues además de que estoy perdiendo mis mejores años de salario. También como criterio importante a considerar es mi estado de salud actual pues soy hipertenso, presento sacrolumbalgia ciatalgia y una hernia en la columna vertebral. Les agradecería que me orientaran que puedo hacer al respecto a esto. Espero su respuesta y agradezco de antemano.
Mis preguntas a la Mesa redonda e integrantes que asistan del INASS/MTSS/MINSAP y otros:
¿Cómo se determina que es un caso social?
¿Cual es la media de solución de un caso social, del más simple al más dificil?
¿Cuantos casos sociales han sido resueltos en Cuba hasta la fecha?
¿Cuantos casos sociales permanecen recibiendo los beneficios de la seguridad social u otros?
¿Cuantos están pendientes de solución y que causas y condiciones existen para eso?
Me motiva saber y que sepan otros, a raíz de los articulos y comentarios que publica nuestra prensa escrita y digital a diario, sobre las insatisfacciones de la población acerca de casos sensibles que según los denunciantes o quejosos, se demoran “burocráticamente” muchos meses en ser solucionados.
Gracias por su atención.
Lo comenté en la Mesa Redonda sobre los Impuestos a los ingresos personales y seguridad social y ahora lo vuelvo a comentar aunque en la primera mesa no se analizó mi comentario.
En ambas mesas las Viceministras participantes se congratularon porque con la nueva Ley los pensionados podían alcanzar hasta el 90 por ciento de sus salarios, cuestión que considero muy justa y favorable, sin embargo vuelvo a preguntar:
?Fue justo y favorable que toda una generación que, además de trabajar 30 o mas años participó activamente en los hechos históricos de la Revolución (Campaña Alfabetización, movilizaciones militares, zafras, etc.) hayan recibido una pensión equivalente al 50 por ciento o menor de lo que recibiría de haberse jubilado con la nueva Ley, que por supuesto, no sabia que existiría al momento de tomar esa decisión?
?No seria justo y favorable legislar un aumento justo a estos pensionados que hoy son en su mayoría personas de 70 o mas años y que constituyen grupos vulnerables si consideramos su situación económica y su capacidad de enfrentar la vida cotidiana?
Pensemos en ello y actuemos en consecuencia. Gracias y saludos
Mi nombre es Zuleyka Sánchez Rivera tengo 45 años y soy madre de una niña de 15 años con una discapacidad mental moderada, soy profesora de la asignatura Ingles en una escuela primaria aquí en Guantánamo. Vi el martes la mesa redonda sobre el tema de asistencia social y mis preguntas son las siguientes:
– ¿Qué pasa con las madres trabajadoras con niños con discapacidad moderada que al cumplir los 18 años de edad egresan de las escuelas especiales y que por tener parálisis cerebrales no pasan a formar parte de los talleres de manualidades por no haber desarrollado habilidades para este tipo de trabajo?.
– ¿ Existe alguna Ley que ampare a la madre trabajadora para estos casos?
-¿Qué pasa si la madre no tiene los años de servicios ni de jubilación para cesar la relación laboral y dedicarnos al cuidado de nuestros niños en el hogar?.
Estas son algunas de mis dudas, ya que aquí en mi provincia de Guantánamo luego de varias investigaciones en las direcciones de Seguridad y Asistencia Social no me saben dar respuesta sobre este caso.
Saludos y muchas gracias de antemano.
Lic. Zuleyka Sánchez Rivera
¿Qué pasa con las madres trabajadoras con niños con discapacidad moderada que al cumplir los 18 años de edad egresan de las escuelas especiales y que por tener parálisis cerebrales no pasan a formar parte de los talleres de manualidades por no haber desarrollado habilidades para este tipo de trabajo?.
– ¿ Existe alguna Ley que ampare a la madre trabajadora para estos casos?
-¿Qué pasa si la madre no tiene los años de servicios ni de jubilación para cesar la relación laboral y dedicarnos al cuidado de nuestros niños en el hogar?.
Estas son algunas de mis dudas, ya que aquí en mi provincia de Guantánamo luego de varias investigaciones en las direcciones de Seguridad y Asistencia Social no me saben dar respuesta sobre este caso.
Buenos dias Felix, hemos leido detenidamente su comentario. Le informamos que la licencia que usted recibe actualmente esta contemplada en nuestro nuevo Codigo de Trabajo, no tiene establecida terminos para su disfrute y es facultad de la administracion de su centro laboral. No obstante, teniendo en cuenta su edad, situacion de salud y la edad de su mama, podrian valorarse otras alternativas de solucion como una jubilacion excepcional, (aunque usted no menciona sus años de servicio) o un asistente social tambien con caracter excepcional. Le sugiero se dirija y contacte con la subdirectora provincial de Prevencion, Asistencia y Trabajo Social en su territorio. Su nombres es Martha Marcelli.
Félix, buen día, esamos de acuerdo con usted en que los ingresos que se reciben por vía de pensión resultan insuficientes y en la medida que las condiciones económicas del país lo permitan, las cuantías de las pensiones se irán incrementando. No obstante la capacidad adquisitiva no solo se alcanzará por el incremento, sino que fundamentalmente estará determinada por el crecimiento de nuestra economía expresada en el aumento de la producción de bienes y servicios y el desrrollo de las inversiones.
Soy de la opinión que no se ha tenido en cuenta todos los casos. Me refiero, y cito: en caso de muerte ya sea del trabajador o del pensionado se ofrece protección también a la familia.
Soy trabajadora desde hace 35 años y soy lesbiana. Vivo con mi pareja desde hace 20 años. Y como en nuestro país no acaban de legalizar la unión entre personas del mismo sexo, no veo qué protección tendrá mi pareja en caso de que yo fallezca. No tengo ascendentes (madre ni padre), ni tampoco tengo hijos. Ya tengo 56 años y de pasarme algo, mi pareja quedará desamparada. Si falleciera en estos 4 años que me queda de vida laboral, el dinero que queda de mi liquidación ¿quién lo cobraría?, pero si logro jubilarme, mi pensión se perdería porque ella, que depende de mi salario no tiene ningún derecho por no tener ningún lazo legal conmigo. Por tanto pienso que se debe de analizar muy bien todos los casos
También hablan del envejecimiento poblacional y que no hay relevo en muchos puestos de trabajo, motivo por el cual le han aumentado 5 años más a la edad de la jubilación, aumento que la inmensa mayoría de los trabajadores no están de acuerdo, pero no entiendo que habiendo tantas personas que quieren y necesitan trabajar no encuentran trabajo porque muchas plazas codiciadas como son las de oficina, están ocupadas por personas, en este caso mujeres que ya tienen más de 55 años de edad y más de 30 de trabajo, que muchas de estas mujeres están trabajando enfermas o con limitaciones. Lo otro es que los pensionados por vejez pueden reincorporarse al trabajo y devengar el salario del cargo que pasen a ocupar y la pensión, entonces los jóvenes o personas que necesitan y quieren trabajar no tienen posibilidad de encontrar trabajo porque los jubilados vuelven a acomodarse en esos puestos, esta vez con salario doble.
sachiel quizás pueda responderte algunas de esas preguntas, todo parte de esta diferenciación:
¿Cómo se determina que es un caso social?:
Caso social: Es aquel en el que uno o varios de los factores de índole nutricional, de salud, educacional, satisfacción de necesidades materiales, atención familiar y de conducta social OBSTACULIZAN la interrelación del individuo con su medio y el desarrollo armónico, sin embargo es posible identificar una solución en el corto o mediano plazo. Puede presentarse a nivel individual o a nivel familiar.
¿Cual es la media de solución de un caso social, del más simple al más dificil?:
¿Cuantos casos sociales han sido resueltos en Cuba hasta la fecha?:
¿Cuantos casos sociales permanecen recibiendo los beneficios de la seguridad social u otros?
¿Cuantos están pendientes de solución y que causas y condiciones existen para eso?
Pienso que es difícil determinar la media de solución en el país, ya que como mismo explico anteriormente qué es un caso social puede tener una problemática y depende de los organismos o del propio caso social darle solución al problema que lo aqueja y no ser recogido por el MTSS, ahora si preguntaras CASO CRITICO si pienso que el MTSS tenga respuesta para ello, tanto así las DPT (Dirección Provincial de Trabajo) como DMT (Dirección Municipal de Trabajo)