Los abogados cubanos son defensores de la justicia social
Por Yailin Orta Rivera, especial para la Mesa Redonda
Fotos Roberto Garaicoa
Diversas fueron las interrogantes de los seguidores del espacio radiotelevisivo de la Mesa Redonda de este jueves sobre el rol que desempeña el abogado en la administración de justicia, sobre los desafíos que tienen esos profesionales en las circunstancias actuales de Cuba y sobre qué deben hacer los ciudadanos para beneficiarse de este servicio público.
En los principios de actuación de estos representantes del Derecho y cómo debe ser su relación con el cliente, se detuvo Lilia María Hernández, secretaria de la Junta Directiva de la Organización Nacional de Bufetes Colectivos (ONBC), quien aclaró que existe una notable confusión sobre las funciones del abogado y el notario. El primero, dijo, es un jurista, un litigante, quien presenta ante los tribunales de justicia u otros órganos la defensa de su cliente.
Los notarios, precisó, son parte también del sistema del Ministerio de Justicia, pero no pertenecen a la Organización Nacional de Bufetes Colectivos, y aunque tienen igualmente un gran cúmulo de trabajo, su misión principal se centra en el asentamiento y registro de diversos documentos como actas de declaración de herederos y transmisión de propiedad, así como emiten las certificaciones de nacimiento o las defunciones, o tramitan las disposiciones testamentarias, entre otras labores. Los notarios no entran en relaciones de litigio, sino que emiten escrituras notariales y la fe pública de determinados actos.
Pero los abogados, hizo énfasis, no son funcionarios públicos, sino que tienen la responsabilidad de representar y defender los intereses de las personas tanto naturales como jurídicas, y el encargo de resolver esos problemas o conflictos que se les presenten, siempre conforme a la ley.
La directiva recordó que este jurista tiene el mandato de representar a su cliente a partir de las garantías constitucionales, y aunque no decide la solución de un asunto determinado, ofrece elementos necesarios para la impartición de justicia por parte de los tribunales.
En tanto, el fiscal es el representante del Estado y su función es la acción penal pública, por ello siempre lo vemos como el observador y el controlador de la legalidad. Mientras los jueces imparten justicia y ellos sí deciden los conflictos.
En el espacio se insistió en que el trabajo del abogado se desenvuelve en un mundo de complejas situaciones que obligan a que cada profesional reconstruya su paradigma moral todos los días, en función de un servicio cada vez más digno.
Lizette María Vila, vicepresidenta primera de la ONBC, aclaró que los ciudadanos tienen el derecho constitucional de escoger al abogado que deseen, pero que “nadie que acuda a nuestras instalaciones queda desprotegido, y se encamina según el asunto: civil, penal, laboral, administrativo…”.
Y sobre la conducta de estos profesionales, hizo hincapié en que la mayoría de los miembros de la ONBC está comprometida con un servicio sano, pero hay algo muy significativo que no puede limitarse al código de ética, y es la vigilancia profesional. “Debemos superarnos cada día más en aras de ganar en calidad y celeridad para dar respuesta al pueblo, pues a veces debido al desconocimiento se generan demoras y otros problemas que le restan eficacia a nuestro servicio”.
Destacó la labor de comunicadores sociales y al mismo tiempo de educadores jurídicos que realizan los profesionales del ramo, pues garantizan el cumplimiento de las leyes a cerca de un millón de personas atendidas anualmente, de las cuales más de 300 000, en 2014, hicieron contratos de servicios jurídicos.
Sobre las tarifas, volvieron a puntualizar que no las establecen los abogados, sino que están definidas por la Resolución 212 del Ministerio de Justicia para cada tipo de proceso. Son módicas y se han hecho para que todas las personas tengan acceso a estos servicios y se pagan en moneda nacional (CUP). Independientemente a ello existen los contratos exentos de pago para aquellas personas con dificultades económicas.
Lizette María Vila destacó que la mayoría de los servicios se pagan en moneda nacional, pero las personas que no residen en el territorio nacional y los extranjeros que radiquen acá tienen que pagar unas tarifas en pesos convertibles. “También cuando las personas nacionales necesitan certificar algún documento que va a surtir efecto fuera del territorio nacional el pago se hace en pesos convertibles, pero en territorio nacional no necesita certificarlo”.
La Vicepresidenta primera de la ONBC comentó, ante la pregunta de una persona, que hay que ir a un bufete a contratar un abogado si un familiar falleció en el exterior, y si dejó testamento se debe tramitar la declaratoria de herederos acá en Cuba y la gestión de herencia en el exterior se hace a través de las oficinas que coordinan los servicios especializados en las direcciones de la ONBC.
Sobre el monto de la pensión a un hijo por parte de un padre cuentapropista, dijo que el Código de Familia sienta como regla las posibilidades económicas. Y si no hay acuerdos entre las partes, el tribunal decide la cuantía de la pensión, que puede variar si se modifican las condiciones.
Alberto Miguel Gómez, miembro de la junta directiva de Bufetes Colectivos, comentó que lo mejor es que se asista a ver a un abogado antes del problema, para que conozcan sus derechos. Dijo que están abiertas, de lunes a viernes, sus instituciones a toda la ciudadanía para cualquier consulta, que puede incluir el asesoramiento para un tema necesario. Aclaró que las consultas son totalmente gratuitas y estrictamente confidenciales.
En cuanto al derecho penal se refirió a las dos etapas en las que se implica el abogado: la investigativa y el juicio oral. Explicó que la intervención del abogado en la parte investigativa está condicionada a la imposición de una medida cautelar al acusado: prisión provisional, fianza en efectivo, la obligación contraída en acta, entre otras. También se incluye la comunicación del abogado con el instructor policial que procese a su representado y la posibilidad de proponer pruebas para acreditar documentalmente sobre lo que se le imputa a su cliente.
El panelista sostuvo que en los temas penales las decisiones pueden ser recurribles, y esto origina recursos de apelación o de casación, que constituyen un nuevo paso para una nueva relación con el abogado que ya había conducido el proceso hasta ese momento o con el que decida elegir.
Puntualizó que el demandante no tiene abogado por lo que establece la Ley de procedimiento penal. Por lo que cuando usted como perjudicado no se reconoce como parte en el proceso, y cuando ha sido perjudicado en un proceso sus intereses los representa el fiscal, y realiza la acción acusatoria y representa los intereses del demandante. Solo en el ordenamiento militar se reconoce al perjudicado como parte en el proceso y puede designar a un defensor.
Aclaró que el abogado representa a una persona y al momento de notificarle la sentencia del tribunal, puede hacerse al abogado o al acusado, y si la recibió el abogado debe comunicárselo a esa persona. Toda persona que es procesada no puede ser condenada sin conocer qué le fue imputado.
Añadió que donde se brinda el servicio es en la unidad de bufetes colectivos, “lo que uno no pierde la condición de abogado en ningún escenario, y es verdad que varios abogados tienen cerca de él a alguien que precisa consultarlo, y esto no está prohibido que se haga, lo que le genera un peso mayor a su profesional porque lo hace en un horario extralaboral. Al tiempo que sostuvo que pagar una tarifa fuera del bufete colectivo es totalmente incorrecto porque no se hace con las formalidades establecidas. “Y los ciudadanos no se pueden prestar a dar dinero cuando alguien se lo pide, porque está contribuyendo a que actos incorrectos se ejecuten”.
Lizette María Vila precisó que a partir de que se dicta sentencia esta debe ser ejecutada, y el abogado debe llegar a exigir la sentencia, y si esto no fluye como debe ser, debe instarla ante un proceso ejecutivo. “El abogado acompaña a la persona hasta el final del proceso”.
Lilia María Hernández dijo que el ejercicio de la abogacía se rige por el Decreto-Ley 81, el cual define los requisitos de esta profesión y lo primero es ser licenciado en Derecho, mientras los miembros de la ONBC son aquellos que salen de las aulas universitarias que cumplen su servicio social en los bufetes colectivos y los abogados adjuntos que se desempeñan en otras instituciones y que llegan a los bufetes y en el término de un año se les da adiestramiento y representan a personas que contratan asuntos. Cuando terminan el adiestramiento son sometidos a un examen riguroso que contiene todas las materias del Derecho, por lo que tienen que estar bien preparados para pasar esos exámenes. El próximo mes de mayo vamos a realizar los de este año, y ello, unido a la trayectoria moral, constituye la evaluación para ser admitidos como miembros de la Organización.
Ponderó que un abogado cubano debe tener determinados valores como el compromiso social y la integridad, lo cual debe caracterizar su conducta. Tratamos, subrayó, que los abogados sean profesionales integrales, porque un abogado defiende los derechos del ciudadano con todas las garantías de la Constitución.
Sumó que “se han dado casos, lamentablemente, de violaciones de ética. Hemos conocido de abogados que han tenido una conducta denigrante en relación a la comunicación que se establece con sus clientes. En este manejo no se ha actuado siempre con limpieza, y hay quien ha cobrado honorarios no establecidos. Por eso repasamos que la población debe pedir las tarifas y debe entregárselas a quienes administrativamente tienen esa responsabilidad en la institución.
“El abogado no debe aceptar dádivas, tiene que regirse por el código de ética y las leyes procesales. Es importante decirle a la población que no hagan esos ofrecimientos, porque se convierte en un cómplice de un hecho delictivo. El proceso debe seguir su curso normal y el proceso debe seguir sus términos, y si va más allá, los abogados debemos instar, y decir que hay demora en los procesos. Lo que sí no podemos hacer es violar nuestras normas, porque lamentablemente hemos tenido excelentes profesionales que han terminado con medidas disciplinarias o en comisiones de ética. Hacemos una llamada de alerta a la población para que no insista en estos procederes que tampoco ayudan al abogado”.
Resaltó que cuando un cliente tenga una insatisfacción por el trabajo de un abogado determinado, puede dirigirse a la dirección del bufete, o puede ir a las direcciones municipales y provinciales o a la Organización Nacional de Bufetes Colectivos, en cualquiera de esos niveles se tramitará el análisis.
La ONBC funciona como una especie de cooperativa, ya que sus afiliados trabajan de manera conjunta, solventan sus gastos, pagan impuestos, distribuyen las ganancias y pueden revertirlas a su favor. En el país existen 186 bufetes colectivos, en los cuales laboran más de cuatro mil trabajadores, de ellos más de 2 000 son abogados.
Se dijo que el ejercicio está pensado para ser accesible a la ciudadanía, por lo que la prestación privada del mismo afectaría la labor del abogado y los beneficios de la ciudadanía. “Nuestra ONBC está concebida para hacer valer la justicia social”, resaltó Lizette María Vila.
y cunats interrogantes fueron respondidas!? que % de las dudas fueron aclaras!? es totalmente imposible responder el 50% de las preguntas que en este sitio quedaron expuestas? donde estan las respuestas de M.R. o las especialistas etc?