Preguntas y respuestas sobre las nuevas medidas migratorias (+ Video)
Por: Manuel Alejandro Hernández Barrios
Fotos: Roberto Garaicoa
Emisión: 9/11/2017
El espacio televisivo Mesa Redonda dedicó su emisión de este jueves 9 de noviembre a responder opiniones, interrogantes y criterios de los cubanos residentes dentro y fuera del país que escribieron en el foro debate de esa jornada relacionado con las nuevas medidas migratorias de Cuba, un espacio que tuvo más de 175 comentarios.
En esta segunda parte se recibieron unas 37 llamadas telefónicas. Estas fueron algunas de ellas: Yarima Ozuna del municipio Plaza de la Revolución en La Habana quiso saber si lo visitantes de Estados Unidos sin el pasaporte actualizado pueden venir y actualizarlo en Cuba; Martha Álvarez Mederos de Centro Habana tiene a su hija en Belice y se hizo ciudadana de ese país y quiere saber si ella puede gozar de las garantías de las nuevas medidas migratorias; Yanela Torres Hernández de Habana del Este quiere saber qué trámites tienen que hacer las personas que se fueron ilegalmente o en lancha hacia Estados Unidos y no tienen pasaporte y desean viajar a Cuba; Edelsa Benítez de Plaza de la Revolución también tiene una nieta de cinco años en Ecuador y quiere que mantenga la nacionalidad cubana también; Francisco Aldaña de Cienfuegos planteó que los cubanos residentes en Estados Unidos tienen serias dificultades con la prórroga del pasaporte debido a la reducción del personal que hizo el gobierno de Estados Unidos a la embajada cubana en Washington su pregunta fue ¿por qué no se le permite a los residentes en Estados Unidos prorrogar el pasaporte en consulados cubanos en países fronterizos con Estados Unidos a los cuales pueden tener acceso o en su defecto por qué no se les permite entrar al país y actualizar la prórroga bianual en el territorio nacional?; Gonzalo Pérez Navaza de Centro Habana quiere saber si aquellos compañeros que salen ilegalmente del país y que no tienen el pasaporte o lo perdieron en la travesía ¿cómo pueden obtenerlo para volver a entrar a Cuba?; Alberto Costa del Cerro quiere saber quiénes son considerados residentes en el exterior si con la nueva ley una persona puede residir dos años fuera de Cuba y un país extranjero darle la residencia o adquirirla por matrimonio; Marlene Hernández Alonso de Güines plantea que Cuba debería quitar el pasaporte cubano que deben tener los cubanos para entrar a Cuba para que puedan entrar con el pasaporte norteamericano que tienen; Ramón Torres García de Plaza de la Revolución quiere saber a dónde pueden dirigirse las personas que residen en Estados Unidos a renovar el pasaporte; Silvia Prieto de La Lisa comentó que se ha dicho que los emigrantes cubanos de antes de 1971 pueden viajar a Cuba con el pasaporte del país en el que residen, ¿esto es extensivo para sus descendientes?; Alina Medina de Segundo Frente en Santiago de Cuba tiene un hijo que salió por la base naval de Guantánamo hace 23 años y actualmente vive en Argentina, quiere saber si en ese caso él puede entrar a Cuba.
También se recibieron llamadas en las oficinas de Cubadebate y la Mesa Redonda que planteaban también otras inquietudes: Arístides de la Provincia de Villa Clara tiene un compañero que se fue por Mariel y nunca se hizo el pasaporte cubano y ahora está interesado en venir, quiere saber si con todas las restricciones que hay la embajada sigue haciendo el pasaporte cubano; Sergio Díaz de 10 de Octubre tiene un familiar con la prórroga del pasaporte vencida y preguntó si necesariamente tiene que realizar ese trámite en el país donde reside o si puede entrar a Cuba en esas condiciones y realizarlo acá.
En los Sitios web Cubadebate y Mesa Redonda, que fueron plataforma para el foro debate, se dejaron algunos comentarios: Toni preguntó ¿por qué no pueden viajar los cubanos con su pasaporte americano solamente?
Entre las preguntas destacadas por los televidentes y radio oyentes varias se repiten. Algunas de ellas están referidas a quien perdió, quien no tiene o a quien quiere hacerse un pasaporte en el exterior, cómo deben hacerlo y cómo deben solicitar la prórroga.
El director de la Dirección de Asuntos Consulares y de Cubanos Residentes en el Exterior (DACCRE), Ernesto Soberón Guzmán refirió que el personal que permanece hoy en la embajada cubana en Washington realiza un esfuerzo sobrehumano para lograr realizar los trámites con la mayor prontitud y calidad posible en el contexto actual. Recordó que el gobierno de los Estados Unidos expulsó a 17 funcionarios de la embajada de cuba en Washington de una manera infundada, inflexiva, apresurada e inaceptable. Esto tendrá un impacto negativo en los tiempos de la realización de los trámites consulares para los cubanos residentes en Estados Unidos.
Comentó aún con el esfuerzo que realiza el personal de la embajada y las autoridades cubanas, habrá una afectación para los viajeros que proceden de ese país, tanto de los cubanos, como de los estadounidenses.
Reiteró que a pesar de ello el consulado se mantiene realizando todos los trámites y hará su mayor esfuerzo en el sentido de reducir al máximo los tiempos sabiendo que es prácticamente imposible que no exista una afectación a partir de las medidas tomadas por el gobierno estadounidense.
Respecto al caso del niño vive en Ecuador respondió que la madre que vive en Ecuador debe acercarse al consulado cubano en ese país y al padre que vive en Cuba que se acerque a las oficinas de trámites del MININT en su municipio de residencia para que a ambos los orienten respecto a los trámites que deben realizar para la solicitud de la ciudadanía cubana.
El Coronel Roberto Aguilera Puig, segundo jefe de la Dirección de Identificación, Inmigración y Extranjería (DIIE) del Ministerio del Interior, respondió respecto a la duda de si alguien pueden llegar a Cuba sin actualizar el pasaporte y hacer su actualización ya en territorio, que todos los cubanos que deseen viajar a cuba deben procurar actualizar su pasaporte en un consulado cubano en el exterior como uno de los requisitos establecidos para poder viajar.
A la pregunta de ¿por qué los cubanos residentes en el exterior tienen que viajar a Cuba con pasaporte cubano? Respondió que ese es un requisito establecido en nuestra ley migratoria, específicamente en el artículo 44 del reglamento que establece que los cubanos deben estar en posesión de un pasaporte cubano vigente para viajar a Cuba. Solo puede viajar de manera excepcional con pasaporte extranjero los que migraron antes del primero de enero de 1971.
A la madre que tiene a su hija residiendo en Belice y que está acogida a la residencia de ese país le aclara que ella al igual que todos los ciudadanos cubanos, con independencia del país donde reside, se benefician con las medidas aprobadas recientemente.
Respecto a la pregunta: ¿a quiénes se considera residentes en el exterior? Dijo que de acuerdo con las leyes cubanas se considera residente en el exterior a los cubanos que fijaron su residencia permanente en otro país y a los que ostentan la categoría de residente en el exterior con salida indefinida pero se les autoriza previamente establecer una residencia indefinida.
Añadió que en consonancia con nuestra ley también los cubanos residentes en el territorio nacional que viajan por 24 meses y regresan al país, mantienen la condición de residente en Cuba y que éste viajó al exterior y regresó a los 23 meses, sigue siendo residente y no importa que haya obtenido la residencia en otro país. A los efectos de la ley cubana mientras se mantenga el vínculo con nuestro país y regrese dentro 24 meses, mantiene la condición de cubano residente en el territorio nacional. Una de las modificaciones que propició la ley migratoria en el año 2013
A la madre que su hijo se fue hace 23 años por la base naval de Guantánamo y que hoy reside en Argentina le reiteró la limitación indefinida de entrada a Cuba para las personas que penetraron de manera ilegal a la base del territorio de ese enclave militar, violando los dispositivos de seguridad. Si su hijo fue interceptado en alta mar por los servicios norteamericanos y trasladado a la base, no está comprendido en la limitación de entrada a Cuba y puede viajar en cuanto lo desee.
Diana quiso saber lo que significa la habilitación y la renovación del pasaporte, las diferencias que hay entre una cosa y la otra. Le explicó que la habilitación fue una figura que se estableció en el año 2004 en sustitución de los permisos de entrada y las vigencias de viaje, con la ventaja de que se obtenía una sola vez por el emigrado con carácter indefinido y era libre de costo. A partir del primero de enero los emigrados cubanos no requieren obtener esa habilitación y pueden viajar a Cuba sólo con el pasaporte cubano.
Sobre la prórroga explicó que es otro requisito establecido por la ley, que plantea que el pasaporte cubano corriente es válido por seis años y expide por dos prorrogable por dos años más, por igual término hasta completar la vigencia por seis años. Ese requisito se mantiene vigente.
Estas fueron otras llamadas telefónicas: Estrella Núñez García tenía prevista una entrevista para el 25 de septiembre y quiere saber qué tiene que hacer y saber para cuándo le vuelve a tocar la entrevista; Mayra Pomés del municipio de Habana del Este quiso saber si su hija que salió del país el 22 de agosto de 2011 a un festival en México y no regresó para cruzar fronteras a Estados Unidos, quiere saber si ella puede volver a entrar a Cuba; Erlinda Juanbrú Castillo del municipio de Nuevitas en Camagüey quiere saber si los médicos que finalizaron su misión en Brasil y de ahí partieron hacia los Estados Unidos entran en lo de los ocho años porque ellos terminaron la misión; Ramón Jesús Gutiérrez de Remedios en Villa Clara refirió que se elimina la habilitación de pasaporte pero continúa la prórroga, quiere saber si los funcionarios cubanos que están en el consulado cubanos en Estados Unidos van a garantizar en tiempo y forma la prórroga; Yisel Figueroa Castañeda de Boyeros en La Habana quiso saber si las personas que abandonaron el país y fueron sancionados aquí, si pueden entrar o no a Cuba; Gustavo Gardey Arriete de El Salvador en Guantánamo quiere saber si aquellos migrantes cubanos hacia Estados Unidos y hayan cometido algún delito penal en Cuba, si tendrán derecho a entrar al país nuevamente; Maritza Ramos Rodríguez de Manzanillo en Granma planteó que su mamá entró por Holguín y aún no tenía cumplidos los ocho años, quiere saber si a partir del primero de enero puede entrenar normalmente con su pasaporte; Ernesto Robaina del municipio de Minas de Matahambre en Pinar del Río quieres saber si un colaborador de la salud que ha salido del país a cumplir una misión, regresó al país antes de concluirla y pidió la liberación, está incluido en los ocho años de no poder entrar al país; Eugenio Fernández del municipio de 10 de Octubre preguntó si los cubanos que emigraron por las fronteras de los países de América Latina se acogen al mismo procedimiento.
A través de Cubadebate y la Mesa Redonda Silvia planteó su preocupación con la necesidad de prorrogar dos veces el pasaporte cubano dentro del término de vigencia de los seis años del mismo y también pregunta si un residente en el exterior que tenga su pasaporte vencido y por razones humanitarias deba viajar a Cuba si puede hacerlo y si existe algún permiso especial para eso cómo tramitarlo; Josefa pregunta si un bailarín sale a una gira con su compañía y sale con el pasaporte personal, no el oficial, y decide quedarse a vivir afuera, si tiene alguna limitación para entrar a Cuba una vez que obtengan la residencia en ese país; Daniel precisa que ve bien lo de las medidas pero agrega que no se explicó en el caso de las embarcaciones el tema costo y el tema aduanal por la estancia en caso de los yates que vienen tanto marina Hemingway como a Varadero y si los viajeros deberán cumplir las mismas medidas aduanales en cuanto a importación que por el aeropuerto, dice que eso se quedó en el aire; Martha Elena de Guantánamo quiere saber si los doctores que se han ido para los Estados Unidos que sí tienen que esperar ocho años para ver a sus familias que están aquí en cuba; Melao dijo que ya se ha hablado que los cubanos emigrados pueden viajar a Cuba en yates y cruceros, quieres saber si un cubano que vive en Cuba puede viajar en un crucero; Luley Rodríguez señala que es profesional y salió a un curso de trabajo perteneciente al Ministerio de la Industria Básica, ¿puede entrar a los cinco años o a los años?; Matos quiere que le aclaren si una persona que salió en el año 1993 por la base naval de Guantánamo y ha entrado varias veces al país, si con esta nueva ley no puede volver a hacerlo; Florecita quieres saber si los cubanos que se fueron legalmente antes de 1970 siendo niños siguen con la misma restricción de visas por dos meses; Nilda Bárbara necesita saber si aún se mantiene el otorgamiento de la repatriación para los cubanos residentes en los Estados Unidos.
Respecto a las medidas adoptadas por el gobierno cubano respecto a las embarcaciones y el costo por el uso de las marinas Hemingway y Gaviota Varadero, el Coronel Víctor López Bravo, jefe del Departamento Nacional de Capitanía de Puertos de la Jefatura de Tropas Guardafronteras (JTGF), planteó que el costo depende de los servicios que se presten en cada una de estas marinas, por lo tanto recomendó ponerse en contacto a través del sitio web de cada uno de los grupos para obtener con mayor claridad detalles al respecto.
Con relación al tema aduanal, es la Aduana General de la República la que establece las normativas. Anunció que en el Decreto 3-14 de las marinas turísticas se considera a todas las personas que viajen en embarcaciones de recreo como yatista y a ello se le aplicará lo que está establecido en la Convención de facilitación sobre facilidades aduaneras y en el Convenio de Kyoto. Planteó que próximamente saldrán las normativas aduaneras que establecerán los procedimientos para la importación en principio a partir de los convenios mencionados, por lo que los turistas podrán importar y entrar al país sus efectos personales.
Sobre el tema de si los cubanos residentes en nuestro país podían viajar en crucero o en yates aclaró que desde el 22 de abril de 2016 con la segunda medida planteada por el gobierno revolucionario, la autorización para que los ciudadanos cubanos residentes en el país o fuera de éste pudieran viajar libremente entrar y salir del país en crucero y buques comerciales. Una medida que se está aplicando y hay ciudadanos cubanos que han hecho uso de esta facilidad que ha dado esta actualización.
Sobre los trabajadores de la salud hay varias cuestiones en las que es necesario precisar algunas especificaciones. ¿Se mantienen los ocho años como requisito para poder regresar a Cuba? ¿Si terminó la misión o pidió su liberación en Cuba se tiene que someter a los ocho años? ¿Si terminó su misión y desde el país donde estaba viajó a Estados Unidos, también se le aplican los ocho años?
El Coronel Roberto Aguilera Puig, refirió que se mantiene la limitación de ocho años para entrar a cuba al personal de la salud y deportistas que abandonan la misión oficial en el exterior. Si concluye el término por el que viajó a la misión y continúa para los Estados Unidos también está incluido en la limitación de viajes a Cuba. Se considera o los efectos migratorios, cumplimiento de misión el regreso a Cuba. Si la persona está en misión en el exterior, regresa a Cuba y vuelve a salir debidamente autorizado por el Ministerio de Salud Pública por asuntos personales, entonces en ese caso no está incluida en la limitación. La limitación es solo para los que abandona en el exterior una misión oficial.
En el caso de las personas que son del sector de la cultura no tienen ninguna limitación. A partir de que viajaron por asuntos personales y no por una misión oficial que ha abandonado. Si no regresa entre los 24 meses se le considera como emigrado.
Respecto a la persona que pertenecía al antiguo Ministerio de la Industria Básica dijo que si salió a un curso de trabajo y se quedó a residir en otro país, se somete a los cinco años. Los ocho años son solo para el personal de la salud y los deportistas.
Las personas que cometieron un delito en Cuba o estaban sancionadas y salieron del país antes de cumplir totalmente la sanción que se les había impuesto, pueden entrar sin limitación a Cuba, pero si tienen deudas con la justicia tendrán que responder por ellas cuando lleguen a Cuba.
El familiar que vino a Cuba por Holguín antes de los ocho años que tenía como condición y se le deshabilitó el pasaporte, con las nuevas decisiones a partir del primero de enero, si salió por vía ilegal del país puede entrar sin esperar a que transcurra lo los ocho años, si se tratara de un profesional de la salud o un deportista, sí tiene que esperar que transcurran los ocho años.
Todos los emigrados cubanos pueden entrar al país y permanecer hasta 90 días y ese término puede ser prorrogado por la autoridad migratoria cuando existan razones que lo justifiquen.
Algunas personas preguntaron por qué los cubanos residentes en el país no pueden utilizar embarcaciones de motor en las instalaciones turísticas, como motos acuáticas o catamaranes. El Coronel Víctor López Bravo señaló que las medidas que se están actualizando son medidas de la política migratoria y que esta es una política que se ha venido siguiendo y que se está evaluando por las instituciones correspondientes. Las embarcaciones que no son de motor, que están en los puntos náuticos de los hoteles todo incluido, sí se pueden utilizar por los cubanos.
Respecto a los cubanos que se fueron legalmente del país y después emigraron ilegalmente a través de las fronteras de países latinoamericanos hacia Estados Unidos, Ernesto Soberón Guzmán aclaró que esas personas salieron de Cuba de manera regular con su pasaporte en regla con la visa hacia los países donde la requería y después se convirtieron inmigrantes irregulares en su trayecto hacia Estados Unidos. Por tanto, esas personas no tienen ninguna limitación para entrar al país mientras se encuentren dentro de los 24 meses y pueden regresar en cualquier momento. Si alguno de ellos decide establecer su residencia permanente en el exterior o sobrepasa los 24 meses de manera ininterrumpida en el exterior se convierte e emigrado y para regresar al país a partir del primero de enero de 2018 podrá viajar cuando lo desee y tiene como opción solicitar la repatriación en nuestros consulados o en las oficinas de trámites del Ministerio del Interior si lo desea.
Para la repatriación se mantiene la política de la posibilidad de repatriación hacia Cuba, lo que responde a una de las medidas que ya se tomó en enero de 2013 y que se ampliaron debido al número creciente de ciudadanos cubanos que han solicitado reasentarse nuevamente de manera permanente en el territorio nacional.
Si alguien por alguna razón perdió su pasaporte o no ha pagado la prórroga o se le venció el pasaporte y tiene una razón humanitaria o un asunto de máxima urgencia, se mantienen vigentes los permisos de entrada al país por razones humanitarias los cuales son solicitados por los familiares en Cuba en la oficina de trámite del Ministerio del Interior en el municipio donde reside el solicitante. Inclusive aquellas personas que hayan abandonado misión que tengan limitación de entrada país por otras razones son beneficiarios del permiso de entrada por razones humanitarias.
Desafortunadamente el gobierno estadounidense utilizando pretexto decidió reducir el personal de su personal en la embajada de La Habana, lo que afecta de manera directa e inmediata el flujo de viajeros a Estados Unidos, incluidos aquellos que deseen viajar a ese país de forma permanente.
El hecho de que se obligue a los ciudadanos cubanos que desean emigrar a Estados Unidos a viajar a Colombia para solicitar la visa correspondiente o que se obligue al resto de los ciudadanos cubanos que desean viajar a Estados Unidos por un motivo personal y en carácter temporal a viajar a terceros países para solicitar la visa correspondiente, sin garantía del otorgamiento de las visas, sin estar prevista la devolución del dinero cuando esa visa no sea otorgada, eso en la práctica hace inviable el proceso, además de encarecerlo.
Vea la Mesa Redonda:
Que feliz me siento de escuchar buenas noticias como esta, y aclaraciones que responde a todas nuestras dudas, ya que las noticias que vienen de periodista extranjero siempre crean dudas. Me sintiria mucho mas feliz el día que para repatriase sea solicitar el carne de identidad y ya. Felicito a la mesa redonda y los que participaron en programa para aclarar nuestras dudas. Graciasss
buenas tardes
mi pregunta es la siguiente soy residente en el exterior o sea tengo PRE
entendi todo lo que se ha hablado de imigracion y que quitaran la habilitacion. pero
soy casada con un europeo y trabajo en el exterior. No tengo nacionalidad en el pais donde vivo
solo premiso de residencia.
mi pregunta es: tengo que la obligacion tener mi carnet de identidad cubano para viajar a cuba para entrar y salir. o mismo que pase los 2 años o este mas tiempo en europa
me perjudica en algo y
tengo pasaporte cubano y vigente
muchas gracias
Yo quisiera saber si con estas nuevas medidas ya los cubanos podriamos entrar a cayo levisa ya que el el 2016 me llegue hasta ese lugar y tuve que regresar sin poder cumplir mis sueños ya que por ser cubana no podia pasarme el dia en ese cayo
gracias
Hola ¿Dónde está adjuntado el vídeo del programa?…
Hola, tengo una duda, yo llegue a Estados Unidos el 19 de diciembre del 2016 y ya llevo un año aquí y quiero viajar a Cuba, nesesito tener prorrogado mi pasaporte cubano para hacerlo ?